Descripción del Premio
Los requisitos de obligado cumplimiento exigidos para participar en esta convocatoria son los siguientes:
Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con un dominio del idioma español -hablado y escrito- que permita a los candidatos desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo.
Poseer la titulación universitaria exigida (de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) expedida por universidades españolas; según la titulación específica de cada especialidad:
Edición: Cualquier grado universitario o equivalente del área de las Artes y las Humanidades, con la especialidad de Historia del Arte, Filosofía, Historia, Filología, Lingüística o Literatura, finalizado en el curso 2010-2011 o fecha posterior. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente en créditos serán desestimados.
Exposiciones Temporales: Grado universitario o equivalente en Arte o en Expresión Artística finalizado en el curso 2010-2011 o fecha posterior. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente en créditos serán desestimados.
Colección de Marcos: Grado universitario o equivalente en Historia del Arte finalizada en el curso 2010-2011 o fecha posterior. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente en créditos serán desestimados.
Arquitectura: Licenciatura o Grado en Arquitectura finalizado en el curso 2007-2008 o fecha posterior.
Los títulos extranjeros equivalentes o los expedidos en Centros españoles privados deberán estar homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente y no ser deudor por obligaciones de reintegro.
No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de la beca “Museo del Prado”.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Orden CUL /2912/2010, de 10 de noviembre, por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos, no podrán ser beneficiarios de las respectivas becas las personas en quien concurra cualesquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la disposición legal citada.
Formación. 01 oct de 2024 - 04 abr de 2025 / PHotoEspaña / Madrid, España