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PROPUESTAS 2022 XXVI Convocatoria de Ayudas a la Creación Visual

Premios / Dotación:


20 premios 5.000 euros

Cuándo:
09 sep de 2022 - 28 oct de 2022

Dónde:
Madrid, España

Inscripción:
Cerrada desde 28-10-2022

Dirigido a:
Artistas

Organizada por:
VEGAP

       


Descripción del Premio

Bases PROPUESTAS 2022 Primera: Objeto de la convocatoria Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), convoca la XXVI edición del Concurso Propuestas de Ayudas a la Creación Visual. La finalidad de estas ayudas económicas es la de promover la creación artística a través de la financiación de proyectos de aquellos autores que se expresan a través de creaciones visuales, posibilitando el desarrollo de su trabajo, su proceso de investigación y la creación de nuevas obras. Pueden participar en esta convocatoria los autores de obras de las artes plásticas, de la fotografía, del diseño gráfico, de la ilustración o de las nuevas formas de expresión artística, que sean residentes en España, cualquiera que fuera su nacionalidad, o bien que sean españoles que residan en el extranjero y que no hayan recibido ayudas de la Fundación Arte y Derecho o de VEGAP en cualquiera de las anteriores convocatorias de Propuestas, así como en cualquiera de las convocatorias de Ayudas “S.O.S. Arte/Cultura” que han sido convocadas por VEGAP. Segunda: Presentación de los proyectos 2.1. El plazo de presentación de los proyectos se abrirá desde las 12:00 horas del mediodía del viernes 9 de septiembre de 2022, hasta las 12:00 horas del mediodía del viernes, 28 de octubre de 2022. No se admitirá ningún proyecto presentado fuera de plazo. 2.2. Los proyectos se enviarán digitalmente a través de la página web: www.propuestasvegap.com completando la información solicitada en cada uno de los campos del formulario de inscripción allí alojado y adjuntando en un solo archivo PDF la documentación que a continuación se indica: 1.- Una fotocopia del DNI o de la tarjeta o permiso de residencia (1 página máximo) 2.- Un Currículum vitae (1 página máximo). 3.- Una memoria descriptiva de la obra o proyecto creativo que se quiere realizar (hasta un máximo de 3 páginas). 4.- El calendario de trabajo y presupuesto total del proyecto, con indicación de la ayuda económica que se solicita, adjuntando, en 1 página máximo, el desglose en el que se indique cada uno de los gastos que se precisen efectuar. 5.- Un dossier gráfico con un máximo de 10 imágenes de obra reciente, bocetos o trabajos personales realizados por el autor (hasta un máximo de 10 páginas. Los proyectos de nuevas tecnologías podrán ir acompañados, además, de una URL a un link externo). 2.3 La extensión de la documentación aportada en el archivo que se adjunte no podrá superar un volumen de 16 páginas en total. La documentación deberá aportarse en el orden indicado y, en ningún caso, podrá consistir en el envío de originales de las obras. El peso total del archivo adjunto no podrá superar 14 megas. 2.4 Cada participante podrá presentar un solo proyecto incluido en cualquiera de las siguientes categorías: Artes Plásticas, Nuevas Formas de Expresión Artística, Fotografía, Ilustración y Diseño gráfico. No podrán admitirse como propuestas de diseño gráfico, los diseños industriales. 2.5 El cumplimiento de estos requisitos es condición “sine qua non” para la aceptación de los autores que deseen participar, por lo que la contravención de esta obligación conllevará la pérdida del derecho a participar en la convocatoria. Tercera: Asignación La asignación total de la convocatoria asciende a 100.000 euros distribuidos en 20 premios de 5.000 euros cada uno de ellos. Cuarta: Fiscalidad La asignación económica de cada uno de los premios otorgados está sujeta a lo dispuesto en la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias, así como a sus correspondientes Reglamentos y normativa de desarrollo, o en su caso a la Normativa Tributaria vigente en España en el momento de realizarse la asignación del premio. Quinta: Resolución La resolución de concesión de las ayudas será decidida por un Jurado formado únicamente por artistas de reconocido prestigio, nombrado por el Consejo de Administración de VEGAP. La decisión del Jurado será inapelable. VEGAP comunicará el fallo del Jurado el día 13 de Diciembre de 2022 a través de las páginas web: www.vegap.es y www.propuestasvegap.com, así como a través de medios de comunicación y redes sociales. Sexta: Protección de datos Los participantes han de tener en cuenta que los datos personales que faciliten, se incorporarán a un fichero de datos personales, cuyo responsable es Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, VEGAP, con CIF nº G-79467353, y domicilio en la calle Núñez de Balboa, 25, 28001 Madrid, así como con número de teléfono 91-5326632 y dirección de correo electrónico infomad@vegap.es inscrito en el Registro General de Protección de Datos (RGPD). El participante, consiente expresamente la incorporación de los mismos al citado fichero y su tratamiento por parte de VEGAP con el fin de realizar las gestiones encaminadas a su participación en la convocatoria “PROPUESTAS” y, en el caso de que los miembros del Jurado acuerden concederle la ayuda económica, acepta su asignación y pago en la cuenta designada para ello por el titular. Es obligatorio facilitar los datos personales a través del formulario para el ejercicio de tales fines. En caso contrario, VEGAP se verá imposibilitada para incluir al solicitante como participante en la convocatoria “PROPUESTAS”. Su consentimiento se extiende también a la cesión de los datos referidos a los miembros del Jurado de la convocatoria “PROPUESTAS” para su análisis y valoración. Los datos personales proporcionados se conservarán durante todo el periodo de duración de su relación contractual con VEGAP como participante de la convocatoria “PROPUESTAS”, así como durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. El tratamiento de los datos personales que nos hayan sido facilitados se realizará con estricto cumplimiento de la normativa vigente. El solicitante tiene derecho a acceder a los referidos datos, rectificar aquellos que sean inexactos y solicitar su cancelación o supresión cuando no sean necesarios para los fines para los que fueron recabados, así como, en su caso, a ejercitar los derechos de oposición o portabilidad. Para ejercitar cualquiera de estos derechos deberá presentar un escrito en la dirección infomad@vegap.es En caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es). Séptima: Memoria justificativa y seguimiento Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar una memoria o informe de ejecución del proyecto premiado antes del 3 de Julio de 2023. La memoria se acompañará de una copia del proyecto en un Cd o Dvd, así como de fotocopia de todos los justificantes de los gastos realizados con cargo a la ayuda percibida y deberá contener una descripción completa y detallada del proyecto ejecutado (título, actividad realizada, fecha y lugar de ejecución, objetivos, seguimiento, valoración crítica). Cualquier documentación derivada de la ejecución del proyecto, en exposiciones públicas o en todo tipo de publicaciones, deberá reflejar el logotipo de VEGAP, junto con la expresión: “Financiado por el Fondo Asistencial y Cultural de VEGAP”. Todo ello se documentará mediante la suscripción de un convenio entre el autor beneficiario y VEGAP. Octava: Divulgación de los proyectos presentados y premiados por los autores Con el fin de promover la difusión de los proyectos premiados, los autores participantes, cuyos proyectos resulten premiados, se comprometen mediante la aceptación de estas bases a suscribir los correspondientes documentos que permitan realizar esta difusión. Novena: Aceptación de las bases y responsabilidad La renuncia o incumplimiento de lo dispuesto en estas Bases por el autor beneficiario, conllevará la pérdida automática del derecho a recibir las cantidades pendientes, sin perjuicio de la obligación de devolver las cantidades percibidas hasta la renuncia o incumplimiento. Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante. A título enunciativo, pero no limitativo, se entenderá que se produce abuso o fraude, con la presentación de proyectos cuya autoría no corresponda al participante. La participación en esta convocatoria supone la aceptación íntegra de estas Bases.


Entrada actualizada el el 31 ene de 2023

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