Descripción del Premio ------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------- De conformidad con lo dispuesto en la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, premios, ayudas y becas por el Ministerio de Igualdad y sus organismos públicos adscritos, («BOE» de 20 de diciembre); en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace preciso desarrollar el procedimiento para la concesión de los Premios Injuve para la Creación Joven durante el ejercicio económico 2009. En su virtud, esta Dirección General ha dispuesto: Primero. Régimen de la concesión.-De acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, recogidas en la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre, se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, los «Premios Injuve para la Creación Joven» para el año 2009, en las siguientes modalidades: Artes Visuales. Cómic e Ilustración. Diseño. Composición de Música Contemporánea. Textos Teatrales «Marqués de Bradomín». Propuestas Escénicas. Narrativa y Poesía. Segundo. Créditos presupuestarios y cuantía máxima de los premios convocados. 1. Los gastos que genere el desarrollo de los diferentes premios se imputarán a los créditos presupuestarios asignados al Instituto de la Juventud para el año 2009, disponibles en la aplicación presupuestaria 19.201.232 A. 486. 2. La Dirección del Instituto de la Juventud, a propuesta de los respectivos jurados, concederá los siguientes premios: a) Artes Visuales: 1.º Obra realizada: Tres premios de 6.000 euros cada uno. Seis accésit de 3.000 euros cada uno. Selección de obra para exposición, de un máximo de ocho participantes. 2.º Proyectos: Cinco premios de 3.000 euros cada uno, como ayuda a la producción, para proyectos en fase de preproducción. b) Cómic e Ilustración: Cuatro premios de 3.000 euros cada uno. Seis accésit de 1.000 euros cada uno. Selección de obra para exposición, de un máximo de seis participantes. c) Diseño: 1.º Obra realizada: Tres premios de 4.000 euros cada uno. Dos accésit de 2.000 euros cada uno. Selección de trabajos para exposición, de un máximo de cinco participantes. 2.º Proyectos: Tres premios de 2.000 euros cada uno, como ayuda a la producción, para proyectos en fase de preproducción. d) Composición de Música Contemporánea: Un premio de 6.000 euros. Dos premios de 3.000 euros cada uno otorgados por el CDMC. e) Textos Teatrales «Marqués de Bradomín»: Un premio de 6.000 euros. Dos accésit de 3.000 euros cada uno. f) Propuestas Escénicas: Tres premios de 4.000 euros cada uno. g) Narrativa y Poesía: Un premio de 3.000 euros, por modalidad. Un accésit de 1.500 euros, por modalidad. 3. Todos y cada uno de los premios podrán ser declarados desiertos. Tercero. Objeto, condiciones y finalidad de la concesión. 1. El objeto de la presente convocatoria es recompensar el trabajo de los nuevos y las nuevas artistas, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, favorecer su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, con las siguientes condiciones, en razón de cada una de las modalidades convocadas: a) Artes Visuales: Se admitirá todo tipo de obra artística plástica o visual en cualquier técnica y soporte. b) Cómic e Ilustración: Las modalidades serán el cómic y la ilustración. Se admitirán obras realizadas en cualquier técnica y soporte. c) Diseño: Se admitirá todo tipo de trabajo de diseño: gráfico, industrial, de interiores, de moda, o cualquier otra modalidad. d) Composición de Música Contemporánea: Se admitirán las partituras que se ajusten a lo especificado en el artículo 5, punto 3.2, apartado d). e) Textos Teatrales «Marqués de Bradomín»: Se admitirán textos en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado Español. Deberán ser originales, inéditos y no estrenados. f) Propuestas Escénicas: Se admitirá todo tipo de propuestas escénicas: interpretación teatral, danza contemporánea, performance o nuevos lenguajes. g) Narrativa y Poesía: Se admitirá libertad de tema para ambas, y libertad de métrica y rima para la poesía. Los textos, que deberán ser originales e inéditos, se podrán presentar en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado Español. 2. Para todas las obras presentadas, deberá justificarse el haber sido ejecutadas o desarrolladas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria. Cuarto. Beneficiarios y requisitos para solicitar la participación. 1. Podrán solicitar su participación, de forma individual o colectiva, en las modalidades artísticas convocadas, las personas físicas de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España que no superen los 30 años de edad el día 31 de diciembre del año 2009 y que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de los premios, con las particularidades que se señalan para cada uno de ellos en los párrafos siguientes, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2. No podrán participar en esta convocatoria aquellos y aquellas jóvenes que en ediciones anteriores hubieran obtenido los premios de mayor cuantía en cada una de las diferentes modalidades convocadas. 3. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, en cualquier momento del proceso anterior a la concesión, podrá comportar la denegación del premio, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los solicitantes. Quinto. Solicitudes y documentación a aportar. 1. La solicitud se ajustará al modelo que figura como Anexo I de la presente resolución. Se cumplimentarán tantas solicitudes de inscripción como a modalidades se concurra. En el caso de trabajos realizados en colectivo, cada uno de los componentes del colectivo deberá cumplimentar una soliditud de inscripción. A efectos de acreditar hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social el/la solicitante podrá optar, entre manifestar expresamente en el Anexo I su consentimiento para que estos datos sean recabados por el órgano convocante, o acreditar tal circunstancia acompañando a la solicitud las certificaciones que se regulan en el artículo 22 del Reglamento de la LGS. 2. Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se recoge en el Anexo II. 3. En las modalidades de Textos Teatrales «Marqués de Bradomín», Narrativa y Poesía, se cumplimentará el modelo que figura como Anexo III. 4. Documentación específica: Deberá presentarse en soporte papel DIN A4 y soporte CD, con imágenes en alta resolución (en su caso), tal y como se señala en los siguientes apartados: a) Artes Visuales: En ningún caso se admitirá obra original. Documentación para obra realizada y proyectos: Currículo artístico. Dossier, en formato máximo de DIN A4, compuesto por imágenes de las obras originales. Cada trabajo presentado deberá ir acompañado de una sinopsis (máximo de 30 líneas) y de la correspondiente ficha técnica de la obra original: título, fecha de realización, dimensiones, materiales y técnica. En el caso de obras audiovisuales, se adjuntará una copia en DVD que permita su visionado tanto en reproductor de DVD como en PC. En la ficha técnica, se especificará la duración de la/s obra/s. Documentación específica para proyectos: Cuando se trate de proyectos, el dossier deberá incluir además una breve descripción conceptual (máximo de 30 líneas), técnica y de producción del proyecto, así como una relación de los recursos propios y de posibles coproducciones y el presupuesto total estimado para su realización. Dicho presupuesto deberá especificar y diferenciar, en su caso, entre los gastos de producción propios de la obra y los gastos de producción de elementos expositivos diferenciados que se requieran en el montaje de la obra en exposición y sean fundamentales para la comprensión o identidad de la obra. b) Cómic e Ilustración: En ningún caso se admitirá obra original. Currículo artístico. Cómic: Dossier, en formato máximo de DIN A4, de un mínimo de tres trabajos, con una extensión máxima cada uno de ocho páginas. Ilustración: Dossier, en formato máximo de DIN A4, de un mínimo de diez ilustraciones. Cada trabajo presentado deberá ir acompañado de una sinopsis (máximo de 30 líneas) y de la correspondiente ficha técnica de la obra origina: título, fecha de realización, dimensiones, materiales y técnica. c) Diseño: En ningún caso se admitirá obra original. Documentación para obra realizada y proyectos: Currículo artístico. Dossier, en formato máximo de DIN A4, compuesto por imágenes de los prototipos, maquetas y proyectos realizados (en ningún caso las maquetas ni los prototipos), y material documental que se estime oportuno: esquemas, bocetos y/o planos, en soporte papel y/o vídeos en CD-ROM o DVD que permita su visionado tanto en reproductor de DVD como en PC. Cada trabajo presentado deberá ir acompañado de una sinopsis (máximo de 30 líneas) y de la correspondiente ficha técnica de la obra original: título, fecha de realización, dimensiones, materiales y técnica. Documentación específica para proyectos y/o realización de prototipos: Cuando se trate de proyectos, el dossier deberá incluir además una breve descripción conceptual (máximo de 30 líneas), técnica y de producción del proyecto, así como una relación de los recursos propios y de posibles coproducciones y el presupuesto total estimado para su realización. d) Composición de Música Contemporánea: Se enviará una partitura de una duración aproximada de diez minutos, con las correspondientes particellas, para un grupo formado por un máximo de diez intérpretes y mínimo de seis con la siguiente plantilla instrumental: 1 flauta piccolo/flauta/flauta alto; 1 oboe/corno inglés; 1 clarinete Sib/clarinete bajo Sib; 1 fagot; 1 violín; 1 viola; 1 violonchelo; 1 contrabajo; 1 piano; 1 percusionista con los siguientes instrumentos: marimba, vibráfono, lira, campanólogo, crótalos afinados, 2 timbales (29», 26»), bombo, tam-tam, tom-toms (máximo 4), temple-blocks, cajas chinas (máximo 3), caja, platos suspendidos (máximo 3), plancha de trueno, cortinas (metal o bambú), claves, maracas, triángulos, castañuelas, güiro, o alguna otra pequeña percusión de uso cotidiano. Se podrá adjuntar, asimismo, cualquier otra documentación que se considere oportuna para demostrar la calidad de su formación. e) Textos Teatrales «Marqués de Bradomín», Narrativa y Poesía: Se podrá presentar hasta un máximo de tres textos en cada una de las modalidades. En la modalidad de Narrativa, la extensión de las obras estará comprendida entre las 15 y 75 páginas, tamaño DIN A4, escritas por una sola cara a doble espacio. En la modalidad de Poesía, se presentarán entre un mínimo de 400 y un máximo de 500 versos. Con objeto de que permanezca la identificación del autor/a del texto o textos en el anonimato, la documentación y el modo a presentar será: 1. Modelo Anexo III. 2. En sobre cerrado, con el o los mismos lemas del Anexo III, el texto o textos con los que se concurre al concurso, mecanografiados a doble espacio y por duplicado, sin firma, ni indicación alguna de autoría. 3. En sobre cerrado y con el o los mismos lemas, la solicitud de inscripción del Anexo I, y el currículo artístico. f) Propuestas Escénicas: Dossier, en formato máximo de DIN A4, compuesto por imágenes de la representación o interpretación y un DVD con selección de fragmentos representativos de la obra y duración máxima de 10', además de cuanto material documental se estime oportuno. Cada trabajo presentado deberá ir acompañado de la correspondiente ficha técnica (título, fecha de realización, duración) y sinopsis (máximo de 30 líneas). 4. Las solicitudes y la documentación preceptiva, que no serán objeto de devolución, se podrán presentar en el Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset, 71-28006 Madrid), directamente o a través de cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5. En el supuesto de no reunir las solicitudes todos y cada uno de los requisitos previstos en la presente convocatoria, se estará a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992 citada. Sexto Plazo de presentación.-El plazo de presentación de las solicitudes para participar en todas las modalidades artísticas convocadas finalizará en un mes contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «BOE». Séptimo. Criterios de valoración de las solicitudes.-En todas las modalidades convocadas se valorará, bajo estricto criterio de objetividad y atendiendo a la variedad y diversidad en las líneas de trabajo y actuación de la creación artística contemporánea, en base a la calidad artística de los trabajos presentados, así como la originalidad, la investigación y la innovación creativa de los mismos. Octavo. Difusión de las obras premiadas. 1. El Instituto de la Juventud producirá exposiciones, sin ánimo de lucro, con las obras de los y las artistas premiados/as y seleccionados/as en las modalidades de Artes Visuales, Cómic e Ilustración, y de Diseño. a) Se editarán los respectivos catálogos con las obras de los artistas premiados y seleccionados que participen en la exposición. El Instituto de la Juventud podrá utilizar la reproducción de la imagen completa o un detalle de dichas obras para ilustrar las portadas de los diferentes catálogos, folletos y cartelería, u otros elementos de divulgación relativos a las exposiciones a producir. b) También podrá organizar itinerancias con las mismas, sin ánimo de lucro, por centros y salas especializados. c) Las ayudas a proyectos se entenderán justificadas por su inclusión en la exposición y en el catálogo correspondiente que realice Injuve. En su defecto, los beneficiarios de las ayudas a proyectos deberán presentar una memoria o informe de ejecución del proyecto premiado antes del 1 de diciembre de 2009. La memoria se acompañará de una fotocopia de todos los justificantes de los gastos realizados con cargo a la ayuda percibida y deberá contener una descripción del proyecto realizado. d) El material divulgativo que se origine con motivo de la difusión y/o exposición del proyecto deberá reflejar el logotipo de Injuve junto con la expresión «Proyecto financiado por Injuve». 2. El Instituto de la Juventud posibilitará que las obras de Música Contemporánea premiadas y las que puedan ser seleccionadas, hasta un máximo de tres, sean interpretadas y presentadas, sin ánimo de lucro, en concierto, así como la edición de un CD con dichas obras. 3. El Instituto de la Juventud podrá editar las obras premiadas en la modalidad de textos teatrales «Marqués de Bradomín», y de Narrativa y Poesía, con carácter divulgativo y sin finalidad lucrativa El Instituto de Juventud podrá colaborar en la puesta en escena de la obra premiada en el concurso de textos teatrales «Marqués de Bradomín», con un máximo de 18.000 ?. 4. Propuestas Escénicas. El Instituto de la Juventud podrá favorecer la representación de los trabajos premiados en centros y salas especializadas. 5. En la difusión de todas las obras premiadas deberá figurar el nombre del premio y la institución que lo ha concedido. Noveno. Órganos competentes. 1. Los órganos competentes serán los señalados en el artículo 7 de la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, premios, ayudas y becas por el Ministerio de Igualdad y sus organismos públicos adscritos. 2. Se constituirá una Comisión de Evaluación por cada una de las modalidades que actuará como órgano colegiado al que se refiere el artículo 22.1 de la LGS, y que estarán integradas, a propuesta del órgano instructor, por una Presidencia nombrada por el Director General del Instituto de la Juventud; cuatro vocales nombrados entre expertos y profesionales de reconocido prestigio en las diferentes modalidades que se convocan, uno de ellos nombrado por la Subsecretaría, otro por el Gabinete de la Ministra y otros dos por el Director General del Instituto de la Juventud; y una Secretaría que será designada por la Presidencia de la Comisión de Evaluación. 3. En lo no previsto expresamente en estas bases o en las convocatorias, el funcionamiento de la Comisión de Evaluación, como órgano colegiado, se regirá por lo previsto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Décimo. Plazo de resolución y notificación.-El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento de concesión de los premios será, según determina el artículo 9.3 de la Orden de bases reguladoras, de seis meses contados desde la fecha de publicación de esta convocatoria. Undécimo. Medio de notificación o publicación. 1. La resolución de concesión será dictada por esta Dirección General y publicada en el «Boletín Oficial del Estado», conteniendo la relación de adjudicatarios de los premios en cada una de las modalidades convocadas, así como la desestimación del resto de las solicitudes y, en su caso, los premios que se hayan declarado desiertos. 2. El premio se hará efectivo durante el ejercicio económico en el que se notifique y publique dicha resolución de concesión. En ningún caso podrá realizarse en ejercicios económicos posteriores con carácter retroactivo. 3. Una vez otorgado el premio, la comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad comportará el reintegro del mismo, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los beneficiarios. Duodécimo. Recursos.-Dicha resolución de concesión pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, o también, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo, según los artículos 9, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. Decimotercero. Aceptación de las normas de la convocatoria.-La participación en cualquiera de las modalidades artísticas recogidas en la presente convocatoria, implica la aceptación de estas bases. Disposición final. Entrada en vigor. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 10 de febrero de 2009.-El Director General del Instituto de la Juventud, Gabriel Alconchel Morales.
Los premiados en el apartado de Artes Visuales son, con 6.000 Euros cada uno, Ion Arregui Aguirrezabala, Ana García Pineda y Paloma Polo Carreño; 6 accésit de 3.000 Euros cada uno para Saelia Aparicio Torinos, Nerea Goicoechea Fernández de las Heras, Daniel Jacoby Krateil, Daniel Llaría Gaspar, Blanca Niego Gómez y Maya Watanabe; y 5 premios más, de 3.000 Euros cada uno, como ayuda a la producción para un proyecto en fase de preproducción, que ha recaído en José Luis Aguilera Castrillo, Usoa Fullaondo Zabala, Ali Hanoon Hanon, Oliver Laxe Coro e Ismael Teira Muñiz.
Exposición. 17 dic de 2024 - 16 mar de 2025 / Museo Picasso Málaga / Málaga, España
Formación. 01 oct de 2024 - 04 abr de 2025 / PHotoEspaña / Madrid, España