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Becas Hàbitat Artístic


Premios / Dotación:
Premio: Cada una de las 6 becas tiene un importe máximo de 10.000 Euros.   

Cuándo:
01 jun de 2011 - 30 jun de 2011

Dónde:
Castellón, España

Inscripción:
Cerrada desde 30-06-2011

Organizada por:
Ayuntamiento de Castellón

ENLACES OFICIALES
Web 

       


Descripción del Premio

Los ganadores de la presente edición han sido Diego Alfonso Más (Montevideo, Uruguay, 1974), la cubana Maibet Valdés Espinosa (Cuba), Michael Grudziecki (Alemania), Teresa Herrador Bravo de Soto, (Castellón), María Teresa Benet Moll (Oropesa del Mar, Castellón) y Rebeca Plana Perpiñá (Albalat de la Ribera, Valencia, 1978). Las becas están dirigidas a tres artistas de nacionalidad española que tengan su residencia en la provincia de Castellón y tres dirigidas a artistas extranjeros que no tengan su residencia en España para la realización de un proyecto artístico en la disciplina de pintura. Tienen que haber tenido experiencia y una trayectoria artística demostrable, no haber sido beneficiario con anterioridad de becas, conocer la lengua española en el caso de ser extranjero, tener entre 23 y 45 años en la fecha de la solicitud y no hallarse incurso en las prohibiciones para obtener subvención. El periodo de esta nueva edición es de ocho meses -desde el 3 de octubre del 2011 al 31 de mayo del 2012 y el importe máximo de cada beca es de 10.000 euros en total. En la primera edición los ganadores fueron Alejandro Mañas y Carlos Asensio de Castellón, Marisol Arrieta de Benicàssim, Gabriel Stoian de Rumanía y Leornardo Armando González de Honduras.

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SEGUNDA CONVOCATORIA DE 6 BECAS HÀBITAT ARTÍSTIC CASTELLÓ DIRIGIDAS A ARTISTAS DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA QUE TENGAN SU RESIDENCIA EN LA PROVINCIA DE CASTELLÓN Y ARTISTAS EXTRANJEROS QUE NO TENGAN SU RESIDENCIA EN ESPAÑA

 

1. OBJETO

El Ayuntamiento de Castellón de la Plana convoca públicamente la Segunda Edición de las Becas Hàbitat Artístic Castelló.

La convocatoria tiene por objeto la concesión de 6 becas: 3 dirigidas a artistas de nacionalidad española que tengan su residencia en la provincia de Castellón y 3 dirigidas a artistas extranjeros que no tengan su residencia en España, para la realización de un proyecto artístico en la ciudad de Castellón de la Plana, en la disciplina de pintura, que conlleve la intercomunicación entre los artistas y la sociedad castellonense.

Su cometido principal será el desarrollo de su proyecto artístico, la participación en todas las actividades programadas, la creación y realización de actividades paralelas a su proyecto artístico, así como el intercambio de experiencias con el resto de artistas becados.

 

2. REQUISITOS

Las seis becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurso entre las personas aspirantes a las mismas que reúnan los siguientes requisitos antes de finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y los acrediten documentalmente:

a) Tener experiencia y trayectoria artística demostrable.

b) No haber sido beneficiario/a con anterioridad de becas Hàbitat Artístic Castelló convocadas por el Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

c) En el caso de ser extranjero, tener debidamente acreditado suficiente conocimiento de la lengua española.

d) Tener entre 23 y 45 años en la fecha de la solicitud.

e) Ser español y tener su residencia en la provincia de Castellón o ser extranjero y no tener su residencia en España.

f) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 13 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante declaración responsable (incluida en la solicitud).

 

3. DURACIÓN Y LOCALIZACIÓN

El período de duración de la beca Hàbitat Artístic Castelló para la realización del proyecto creativo será el comprendido entre el 3 de octubre de 2011 al 31 de mayo de 2012 y se realizará en el Centro Municipal de Cultura de Castellón, sito en la calle Antonio Maura número 4, durante todos los días laborables de lunes a viernes, según calendario escolar.

Finalizado el período de duración de la beca y durante el mes siguiente se realizará una exposición colectiva de todos los trabajos realizados.

 

4. DOTACIÓN

El importe máximo de cada beca será de diez mil euros (10.000,00 euros). Se abonará mensualmente a cada becario/a, a razón de mil doscientos cincuenta euros (1.250,00 euros) brutos mensuales, sobre los que se aplicarán las retenciones correspondientes.

Para la financiación de las citadas becas, cuyo importe total asciende a 60.000,00 euros y dado que su contabilidad presupuestaria afecta a dos ejercicios presupuestarios, el gasto se distribuirá según el siguiente desglose:

- 22.500,00 euros con cargo al presupuesto municipal de 2011, para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2011.

- 37.500,00 euros con cargo al presupuesto municipal de 2012 para los meses de enero a mayo de 2012, por lo que su concesión quedará sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de su resolución.

 

5. PLAZO

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y finalizará el 30 de junio de 2011. Dicho anuncio se publicará también en el Portal de la Ciudadanía del Ayuntamiento de Castellón de la Plana (https://portal.castello.es/PortalCiudadano/).

 

6. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán en los siguiente lugares:

Por medio del Registro Municipal de entrada, en horario de oficina (de 9:00 a 14:00 H). en cualquiera de estas oficinas:

Registro General del Ayuntamiento (pl. Mayor nº 1)

Junta de Distrito Norte (pl. del Primer Molí, s/n)

Junta de Distrito Sur (c/Ricardo Català esquina con Joaquín Márquez)

Junta de Distrito Este (Av. Hnos. Bou, 27)

Junta de Distrito Oeste (pl. España s/n, antigua estación Renfe)

Junta de Distrito Centro (pl. Mayor, 1)

Junta de Distrito Marítimo (paseo Buenavista nº 28, Grao de Castellón)

 

También se podrá utilizar cualquiera de los medios de presentación y envíos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.

 

7. DOCUMENTACIÓN

Toda la documentación se presentará en español (en el caso de documentos expedidos en otro idioma, se adjuntará una copia debidamente traducida al español). Las solicitudes deberán estar acompañadas de la siguiente documentación:

a) Hoja de solicitud debidamente cumplimentada y firmada, disponible en el Portal de la Ciudadanía del Ayuntamiento de Castellón de la Plana (https://portal.castello.es/PortalCiudadano/).

b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte (para los aspirantes no comunitarios) con validez mínima hasta la finalización de la beca.

c) Fotografía reciente de tipo pasaporte con el nombre y apellidos al dorso.

d) Certificado de empadronamiento, justificante del censo o volante (justificante vigente emitido por la institución pública competente que justifique el domicilio de la persona aspirante a la beca).

e) Currículum Vitae con indicación de actividades, exposiciones, premios, becas y menciones de interés.

f) Titulación universitaria y/o formación académica recibida.

g) En el caso de ser extranjero, Diploma de Español nivel A1 del Instituto Cervantes u otras titulaciones que certifiquen como mínimo conocimientos básicos del español. Las personas de nacionalidad de origen de alguno de los países en los que el español es lengua oficial quedan exentas de acreditar su conocimiento.

h) Acreditación documental de los méritos alegados al currículum, especificando duración de los mismos.

i) Sinopsis del proyecto (máximo de 100 palabras.)

j) Memoria completa del proyecto, especificando su objetivo, plan de actuación (fases de desarrollo y fechas) y justificación personal de la conveniencia de llevarlo a cabo dentro del plazo de duración de la beca. Solo se admitirá un proyecto por persona.

El Ayuntamiento de Castellón se reserva el derecho de solicitar, previa indicación de la Comisión Evaluadora, la presentación de documentación complementaria así como la presentación de obra original, o de un número mayor de obras como apoyo al proyecto.

El material de las propuestas presentadas quedará en propiedad del Ayuntamiento de Castellón.

k) Declaración responsable (incluida en la solicitud) de no hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

l) Certificados emitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Dicha documentación no deberá ser aportada por la persona solicitante cuando autorice al Ayuntamiento de Castellón de la Plana a obtener directamente de los órganos administrativos correspondientes la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, circunstancia que manifestará en la solicitud.

 

8. CRITERIOS DE BAREMACIÓN

Las condiciones de mérito calificables por la Comisión Evaluadora, debidamente justificadas y el baremo a aplicar de 200 puntos como máximo es el siguiente:

a) PROYECTO: Hasta un máximo de 100 puntos. La Comisión evaluará los proyectos presentados por los artistas.

b) CURRÍCULUM VITAE: Hasta un máximo de 80 puntos valorados en

función de su relevancia.

- Exposiciones individuales......................................... hasta 30 puntos

- Exposiciones colectivas........................................... hasta 10 puntos

- Respaldos institucionales o artísticos........................ hasta 20 puntos

- Premios, becas y otras menciones de interés.............. hasta 20 puntos

c) EXPEDIENTE ACADÉMICO: Hasta un máximo de 20 puntos.

- Titulación universitaria de grado superior en Bellas Artes... 10 puntos

En el caso de aspirantes de nacionalidad de origen de un país donde el español no es lengua oficial, la titulación -al igual que el resto de la documentación- deberá presentarse debidamente traducida al español.

- Formación no universitaria relacionada con Bellas Artes... 10 puntos

---acreditada documentalmente e impartida por entidades, instituciones o artistas. Hasta 10 puntos en función de la relevancia de las acciones formativas.

Se excluirán de la convocatoria aquellas solicitudes que no vengan acompañadas de toda la documentación requerida.

Finalizado el proceso de selección, la Comisión Evaluadora elaborará una propuesta de concesión de beca y una bolsa de reserva por orden de puntuación, en caso de producirse renuncia o abandono y se estime oportuna la continuidad de la beca, siempre que no hayan transcurrido los tres primeros meses de la beca.

 

9. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA

La Comisión Evaluadora estará formada por:

a) Presidente/a: Alcalde o concejal en quien delegue.

b) Secretario/a: La secretaria general de la Administración Municipal o un funcionario/a del Ayuntamiento en quien delegue.

c) 3 Vocales: Gestora de Cultura, 2 miembros del Consejo Municipal de Cultura.

La Comisión Evaluadora no podrá sustituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente. Asimismo, estarán facultados para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de los baremos, para adoptar los acuerdos necesarios que garanticen el debido orden de las mismas en todo lo previsto en estas bases.

Cuando concurran en los miembros de la Comisión Evaluadora algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, estos se abstendrán de intervenir; del mismo modo los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 29 de la Ley citada.

 

10. RESOLUCIÓN DEL CONCURSO

Las becas serán concedidas por resolución del Concejal Delegado de Cultura, con fecha anterior o igual al 29 de julio de 2011. A tal fin la Comisión Evaluadora, antes del 15 de julio de 2011, fallará a favor de las personas que hayan obtenido la máxima puntuación.

Asimismo, a propuesta de la Comisión Evaluadora se podrá declarar desierta la convocatoria total o parcialmente en el supuesto de que, a su criterio, las personas concursantes no reúnan méritos suficientes para su adjudicación. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados/as para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la beca.

 

11. CARÁCTER DE LA BECA

La concesión y aprovechamiento de las becas no implicará ninguna vinculación laboral o administrativa con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

El Ayuntamiento suscribirá con una entidad aseguradora una póliza de seguro para el caso de accidente individual, del que serán beneficiarias las personas adjudicatarias de la beca.

 

12. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS/AS

a) Comunicar su aceptación expresa por correo electrónico (ruben.roman@castello.es) o fax (964260991) al Ayuntamiento, en un plazo de 10 días desde que se comunique su selección.

b) Obtener el visado, si es el caso, ajustándose a los requerimientos y plazos que establezca el Consulado o Embajada de España correspondiente.

c) Disponer de cobertura sanitaria.

d) Aceptar y cumplir las normas establecidas en las bases de esta convocatoria y las que se establezcan en la resolución de la concesión, así como las instrucciones que durante el periodo de vigencia de la misma, reciban del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, a través de la persona designada a tal efecto por la Concejalía de Cultura, participando en todas las actividades organizadas durante el periodo de duración de la beca.

e) Asumir a su cuenta y cargo los gastos derivados de viajes, alojamiento y manutención, así como los de los materiales para el desarrollo de sus proyectos.

f) Encontrarse en la sede del Hàbitat Artístic Castelló (calle Antonio Maura, nº 4. Castellón de la Plana) el día de la iniciación de la beca. De no contactar con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana en el plazo de 10 días a partir del comienzo de la beca, perderá la primera mensualidad. Si transcurren 30 días sin que se haya incorporado ni medie la debida justificación, perderá su derecho a la beca concedida. En caso de que se justifique el retraso en la incorporación, la Comisión Evaluadora podrá decidir el pago de la mensualidad completa o de media mensualidad.

g) Dedicar un mínimo de cinco horas diarias a trabajar en su proyecto dentro de la sala destinada a tal fin y dentro de los horarios que se establezcan. Además se ha de participar en todas las actividades externas a las que se les convoque fuera del horario de trabajo y durante el periodo de duración de la beca.

h) Es obligación del/la beneficiario/a extranjero/a de la beca gestionar, a su llegada, la adquisición del NIE en la correspondiente Oficina de Extranjería y darse de alta, a continuación en el Censo Tributario cumplimentando el modelo 036/037.

i) Agotar el periodo de permanencia de la residencia Hàbitat Artístic Castelló y desarrollar completamente su proyecto durante el periodo de vigencia de la misma, con nivel de dedicación satisfactorio.

j) Es obligación del/la beneficiario/a de la beca Hábitat Artístic Castelló presentar -en el transcurso de los primeros quince días de la beca- una ficha de terceros debidamente conformada por la entidad bancaria en la que figure el número de la cuenta en la que se va a

depositar cada mensualidad de la dotación.

k) Al finalizar el periodo de la beca, el artista se compromete a presentar una memoria en que, según los objetivos marcados en la solicitud, se realice una evaluación final sobre resultados y aprovechamiento de la misma, acompañada de la documentación gráfica de los trabajos realizados. A su recepción se dará por finalizada la beca, abonándose la última mensualidad pendiente de pago.

l) La beca será clausurada con una exposición en primicia de los trabajos realizados por los artistas durante el periodo de disfrute de la beca, para lo que deberán facilitar información, documentación y préstamo de la obra que se les solicite, sin exhibir de forma individual antes de esta cita.

m) Al finalizar el periodo de la beca, la Comisión Evaluadora seleccionará una obra de cada artista, que será cedida a título gratuito al Ayuntamiento de Castellón de la Plana a todos los efectos y que será inscrita en el Registro de Patrimonio Artístico Municipal.

n) El Ayuntamiento de Castellón podrá ejercitar en exclusiva y sin ánimo de lucro la exposición, reproducción en catálogos, distribución y comunicación pública de las obras de arte que pasen a integrar los fondos de Patrimonio Artístico Municipal, en tanto sean de su propiedad.

 

13. CONDICIONES DE PAGO DE LA BECA

Durante la última semana de cada mes, la persona designada por la Concejalía de Cultura elaborará un informe de las asistencias diarias de los becarios/as durante el mes en cuestión. Dicho documento, con el visto bueno del Concejal Delegado de Cultura, será el documento válido para el pago de la mensualidad correspondiente, que se hará efectivo en la cuenta designada al efecto por los becarios/as, dentro del plazo de los primeros diez días del mes siguiente.

En el caso de renuncia de la beca, el beneficiario/a deberá notificarlo por escrito al Ayuntamiento de Castellón de la Plana, exponiendo detalladamente las razones de su renuncia y presentar un informe-memoria relativo al contenido de la beca correspondiente al periodo de desarrollo, supervisado por la persona designada por la Concejalía de Cultura. Si la renuncia de la beca es por motivos justificados, se abonaría la cantidad proporcional al trabajo realizado durante el periodo de disfrute de la beca.

Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la beca, tras la audiencia de la persona interesada y valoración por parte de la Comisión Evaluadora, mediante resolución del Concejal Delegado de Cultura en los siguientes supuestos:

a) Cuando a criterio de la Comisión Evaluadora, a la vista de los informes mensuales elaborados por la persona designada por la Concejalía de Cultura, no se llevara a cabo de forma global la actividad que motivó la concesión de la beca.

b) Cuando dejaran de reunirse los requisitos que se exigieron para su concesión

c) Cuando se incumplieran, a criterio de la Comisión Evaluadora, sin causa que lo justifique, las condiciones establecidas en la presente convocatoria.

 

Castellón de la Plana, 19 de mayo de 2011

El Teniente de Alcalde delegado de Cultura

Miguel Ángel Mulet Taló

 


Entrada actualizada el el 26 may de 2016

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