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Becas del Ayuntamiento de Madrid para Estudiantes de Postgrado y Creadores y Artistas en la Residencia de Estudiantes. Curso 2014-2015

Premios / Dotación:


Premio 9 becas de un año de duración.

Cuándo:
01 may de 2014 - 23 jun de 2014

Dónde:
Madrid, España

Inscripción:
Cerrada desde 23-06-2014

Organizada por:
Residencia de Estudiantes

ENLACES OFICIALES
Web 

       


Descripción del Premio

Convocatoria abierta a españoles e iberoamericanos. El Programa de Becas es parte esencial de la recuperación del espíritu y la vocación original de la Residencia. Más de 100 jóvenes investigadores y artistas que obtuvieron las becas convocadas en sucesivas ediciones anuales por el Ayuntamiento de Madrid y la Residencia han vivido durante cursos completos en la Residencia de Estudiantes. La presencia de los becarios supone la incorporación de jóvenes generaciones a la vida de la Residencia, en la que actúan como vínculo de continuidad y hospitalidad con los residentes, que se alojan en estancias cortas. Su cualificación profesional e intelectual contribuye a estimular y mantener el diálogo informal e interdisciplinar que es propio de la Residencia y constituye, a la vez, uno de sus objetivos. La Residencia de Estudiantes convoca 9 becas de estancia en la Residencia para el curso 2014/2015. Como en la pasada convocatoria, gracias al Ayuntamiento de Madrid que ya ha patrocinado con excelentes resultados programas de becas similares desde el curso 1989/1990, un grupo interdisciplinar de jóvenes investigadores y creadores tendrá la oportunidad de disfrutar de nuevo, durante un curso completo y con posibilidad de renovación, del marco que brinda la Residencia de Estudiantes, sede de una intensa actividad cultural y de un activo diálogo entre ciencias y artes.

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CURSO 2014-2015

BECAS

del Ayuntamiento de Madrid para Estudiantes de Postgrado y Creadores y Artistas en la Residencia de Estudiantes

 

I.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA

 

La Residencia de Estudiantes convoca nueve (9) becas del Ayuntamiento de Madrid para estancia en la Residencia de Estudiantes durante el curso 2014-2015, mediante las cuales un grupo interdisciplinar de jóvenes investigadores, artistas y creadores tendrá la oportunidad de disfrutar desde el 1 de septiembre de 2014 al 31 de agosto de 2015, en régimen de pensión completa, y con posibilidad de renovación, del marco que brinda la Residencia de Estudiantes, sede de una intensa actividad cultural y de un activo diálogo entre ciencias y artes.

 

De estas nueve (9) becas, seis (6) corresponderán a Estudiantes de Postgrado (tres (3) para Ciencias Sociales y Humanidades y tres (3) para Ciencias de la Naturaleza y Tecnología), y tres (3) a Creadores y Artistas.

 

El Ayuntamiento de Madrid contribuirá a la financiación del programa de acuerdo con su presupuesto aprobado y la Residencia de Estudiantes prestará los servicios relativos a la estancia. La concesión de las becas convocadas para el curso 2014-2015 mediante la presente convocatoria, quedará supeditada a la aprobación por el Ayuntamiento de Madrid de sus Presupuestos, a la firma del convenio entre el Ayuntamiento de Madrid y la Residencia de Estudiantes y a la dotación efectiva del programa.

 

II.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

 

La gestión y concesión de las becas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los principios de objetividad, igualdad, no discriminación y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones.

 

III- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

 

Para optar a estas becas los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos: 2

 

Estudiantes de Postgrado:

 

a) Poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.

 

b) Estar en posesión del título de Licenciado, Graduado, Ingeniero o Arquitecto y ser estudiante de postgrado con un proyecto de investigación o de tesis doctoral en cualquier ámbito del conocimiento.

 

c) Presentar una memoria del trabajo que desea realizar durante el período de disfrute de la beca.

 

d) Tener como máximo 30 años en el momento de solicitud de la beca.

 

e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

Creadores y Artistas:

 

a) Poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.

 

b) Haberse dedicado, al menos durante dos años, a trabajos artísticos o de creación en los campos de la literatura, las artes visuales, la música, o las artes escénicas.

 

c) Presentar un proyecto, ya iniciado, para realizar durante el período de disfrute de la beca.

 

d) Tener como máximo 30 años en el momento de solicitud de la beca.

 

e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

IV.- PERÍODO DE DISFRUTE

 

El período de disfrute de la beca es de doce meses y puede ser prorrogado, en períodos equivalentes, hasta un máximo de tres (3) veces.

 

El inicio del disfrute de la beca, así como su duración estarán condicionadas a la concesión de la dotación presupuestaria prevista para la misma por parte del Ayuntamiento de Madrid, quedando en suspenso en el caso de que tal dotación no fuera aprobada por el mismo, y formalizada en el correspondiente acuerdo. 3

 

Aquellos becarios que deseen solicitar la prórroga de la beca para el curso 2015-2016, deberán comunicarlo por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes, hasta el 24 de abril de 2015, adjuntando una memoria relativa a la labor realizada durante el curso 2014-2015 y el proyecto a desarrollar durante el siguiente curso. Además el becario deberá presentar, dentro del plazo y con los demás requisitos que con carácter general se establezcan para el curso 2015-2016, la correspondiente solicitud, la cual será evaluada, junto con el resto de solicitudes, en igualdad de condiciones y conforme a las bases de la convocatoria para dicho curso.

 

V.- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

 

Las solicitudes se presentarán en el modelo de solicitud que se acompaña a esta convocatoria.

 

Los impresos de solicitud podrán recogerse en la Residencia de Estudiantes (calle Pinar, 23, 28006, Madrid) o descargarse desde su página web (www.residencia.csic.es).

 

La sola presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa e incondicionada por el solicitante de la beca del contenido íntegro de la presente convocatoria, sin reserva o salvedad alguna.

 

Dichas solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

 

Estudiantes de Postgrado:

 

1.- Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.

 

2.- Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo que figura en la solicitud, que se facilitará en los lugares anteriormente citados, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del mismo.

 

3.- Memoria del trabajo a realizar, que deberá incluir un informe del Director del trabajo.

 

4.-En caso de disfrutar de beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato.

 

5.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, tarjeta de Residente o Pasaporte.

 

6.- Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, conforme al modelo contenido en la solicitud que acompaña a la convocatoria.

 

7.-Declaración responsable de otras ayudas públicas o privadas solicitadas y/o concedidas para igual finalidad conforme al modelo contenido en la solicitud que acompaña a la convocatoria. 4

 

Creadores y Artistas:

 

1.- Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.

 

2.- Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo que figura en la solicitud, que se facilitará en los lugares anteriormente citados, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del mismo.

 

3.- Memoria del trabajo a realizar, que deberá incluir el informe de algún artista, creador o profesional de reconocido prestigio.

 

4.- En caso de disfrutar de beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato

 

5.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

 

6.- Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social conforme al modelo de solicitud que acompaña a la convocatoria.

 

7.-Declaración responsable de otras ayudas públicas o privadas solicitadas y/o concedidas para igual finalidad, conforme al modelo de solicitud que acompaña a la convocatoria.

 

VI. SUBSANACIÓN

 

En todo caso si la documentación entregada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria o no se presentara de la forma en la misma establecida, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez (10) días naturales, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

 

VII. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

 

Las solicitudes podrán presentarse en mano, por correo postal o mediante solicitud electrónica.

 

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, finalizará el 23 de junio de 2014 a las 14:00 horas.

 

-En mano o por correo postal:

 

En la Residencia de Estudiantes (C/ Pinar, 23, Madrid 28006) en horario de 9 a 19 horas, o mediante correo certificado dirigido a la misma dirección.

 

Al cierre del plazo de presentación no se admitirá ninguna solicitud, salvo las solicitudes que se reciban con sello postal que acredite su envío dentro del plazo. 5

 

Mediante solicitud electrónica:

 

Cumplimentando el formulario de solicitud online, al que se puede acceder a través de la página web de la Residencia de Estudiantes, y adjuntando los documentos requeridos en cada modalidad.

 

No se tendrá en cuenta ninguna solicitud electrónica recibida después de las 14:00 horas del 23 de junio de 2014.

 

En los casos de repetición de envío electrónico de un mismo proyecto sólo se tendrá en cuenta la última versión recibida.

 

Si posteriormente a la solicitud electrónica se envía material complementario por correo postal, éste deberá acompañarse de una copia impresa del correspondiente formulario de solicitud remitido electrónicamente.

 

VIII- CRITERIOS DE VALORACIÓN

 

La concesión de las becas se atendrá a los siguientes criterios de valoración:

 

- Calidad e Interés del Proyecto: De 0 a 5 puntos.

 

- Curriculum Vitae del solicitante: De 0 a 3 puntos.

 

- Impacto potencial del proyecto y posibilidad de difusión mediante conferencias, exposiciones, lecturas o audiciones de interés a realizarse en el municipio de Madrid: De 0 a 2 puntos

 

IX. PROCESO DE SELECCIÓN

 

Para llevar a cabo la selección de los Candidatos se constituirá un Comité de Selección, que actuará como jurado, y que estará formado por representantes de la Residencia de Estudiantes y al menos dos expertos de reconocido prestigio.

 

Los solicitantes que obtengan una puntuación mínima de 7 puntos serán convocados a una entrevista personal.

 

El Comité de Selección, una vez concluidas las entrevistas personales, emitirá una propuesta de adjudicación de las becas.

 

Si alguna de las becas de cualquiera de las modalidades quedara desierta, el Comité de Selección podrá aplicarla a cualquiera de las otras convocadas. 6

 

X.- CONCESIÓN DE LAS BECAS

 

La Directora de la Residencia de Estudiantes, de acuerdo a la propuesta del Comité de Selección y siempre que se haya aprobado la dotación presupuestaria de la beca por parte del Ayuntamiento de Madrid, procederá a la adjudicación de las becas, que tendrá carácter definitivo e inapelable.

 

La adjudicación de las becas se publicará en la página web de la Residencia de Estudiantes. La notificación a los seleccionados podrá realizarse por correo postal, correo electrónico y/o sms a las direcciones y teléfonos móviles indicados en la solicitud.

 

A partir de la adjudicación, los solicitantes seleccionados contarán con un plazo de cinco (5) días para aceptar la beca, y las obligaciones establecidas en el apartado XI de esta convocatoria.

 

La documentación relativa a los proyectos que no resulten becados, podrá ser retirada en la Residencia de Estudiantes, en el plazo de tres (3) meses desde la publicación de la adjudicación. Transcurrido dicho plazo, la Residencia de Estudiantes no vendrá obligada a su custodia.

 

XI.- OBLIGACIONES DEL BECARIO

 

Primera.- El perceptor de la beca deberá presentar antes del día 1 de septiembre de 2014 y antes del 31 de marzo de 2015, certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, expedidas por los organismos competentes. La omisión de esta obligación podrá ocasionar la anulación de la beca.

 

Segunda.- La percepción de cualquier remuneración deberá ser comunicada por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes. No informar de cualquier ingreso suplementario podrá ser causa de la supresión inmediata de la beca.

 

Tercera.- El perceptor de esta beca deberá presentarse en la Residencia de Estudiantes el día 1 de septiembre de 2014, siempre que le haya sido comunicado la concesión de la beca y confirmado dicho plazo de incorporación. Se entenderá que todo becario que no se presente en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado. Se cubrirá la vacante, conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, en cuyo caso el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos especificados en la convocatoria.

 

Cuarta.- El perceptor de la beca adquiere el compromiso de permanecer en el alojamiento que se le asigne como becario de la Residencia de Estudiantes el tiempo de duración de la beca. En caso de ausentarse de su 7

 

lugar de alojamiento injustificadamente o dejar de abonar sus gastos extras, la beca podrá ser anulada inmediatamente.

 

Quinta.- Cumplir el Reglamento de la Residencia de Estudiantes y demás normas de régimen interior. Este compromiso deberá formalizarse por escrito y su incumplimiento puede ocasionar la anulación de la beca. Cuando la beca sea anulada conforme a los motivos recogidos en esta cláusula, podrá ser sustituida conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección.

 

Sexta.- Cumplir las distintas etapas del plan de trabajo presentado. Cuando las circunstancias obliguen al becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su trabajo, como consecuencia de circunstancias no previstas, deberá dar cuenta de ello inmediatamente, por escrito, a la Directora de la Residencia de Estudiantes, que lo valorará y, en su caso, aprobará.

 

Séptima.- Presentar ante la Directora de la Residencia de Estudiantes, una memoria trimestral sobre la evolución del proyecto y las actividades con proyección externa en las que haya participado, tales como conferencias, recitales, mesas redondas, edición de publicaciones, etc., y en todo caso antes de la terminación del período de disfrute de la beca, el correspondiente informe final.

 

Octava - Cuando los acontecimientos obliguen al becario a renunciar a su beca, como consecuencia de circunstancias no previstas y de fuerza mayor, deberá dar cuenta de ello, inmediatamente, por escrito, a la Directora de la Residencia de Estudiantes, que podrá cubrir la vacante, conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección.

 

Novena.- En el supuesto de que fuera necesario proceder a la cobertura de vacantes con uno de los suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos especificados en la convocatoria.

 

Décima.- El perceptor de la beca deberá participar, tanto de forma individual como conjunta, en actividades organizadas por la Residencia de Estudiantes.

 

Así mismo, el perceptor de la beca deberá participar en actividades promovidas por el Ayuntamiento de Madrid en centros culturales, cuando dicha participación sea solicitada por la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud. Así mismo deberá participar como jurados de selección en certámenes promovidos por el Ayuntamiento, cuando éste solicite dicha participación. 8

 

Undécima.-

 

Estudiantes de Postgrado

 

Al término de la beca, los Estudiantes de Postgrado quedan obligados a depositar en la Residencia de Estudiantes una copia del trabajo final.

 

En las publicaciones científicas que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes, reservándose ambas instituciones la opción de publicación y/o exhibición del trabajo final presentado, en la forma que estimen conveniente.

 

Creadores y Artistas

 

Al término de la beca, los artistas plásticos quedan obligados a entregar en la Residencia de Estudiantes una de sus obras, a elección de la Residencia de Estudiantes. Los intérpretes artísticos, como músicos, bailarines o actores, deberán realizar una audición pública en un espacio de titularidad municipal y/o en la Residencia de Estudiantes. En el caso de textos o trabajos audiovisuales, el becario dejará copias en la Residencia de Estudiantes.

 

En las publicaciones y trabajos de creación que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.

 

La Residencia de Estudiantes y el Ayuntamiento de Madrid se reservan la opción de publicación y/o exhibición de la obra, textos o trabajos audiovisuales entregados, en la forma que estimen conveniente.

 

Duodécima.- Las intervenciones públicas o escritas, sean éstas individuales o conjuntas, vinculadas con el proyecto de creación, así como todas las publicaciones realizadas durante el período de disfrute de la beca, han de hacer constar en sus créditos, reseñas biográficas o currículum la condición de becarios del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.

 

XII. ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

 

La presentación de la solicitud para la obtención de la beca implica la aceptación de estas bases por el solicitante.

 


Entrada actualizada el el 26 may de 2016

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