Descripción del Premio ------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------- ART. 1° La SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, organizadora del SALON NACIONAL DE ARTES VISUALES, en adelante el SNAV, dicta el presente REGLAMENTO que regirá su convocatoria, organización y pautas de funcionamiento. La inauguración del Salón Nacional será el 21 de septiembre, en el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- o en la fecha, lugar y espacio a determinar por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, en caso de fuerza mayor. ART. 2° ESPECIALIDADES: se establecen 8 (ocho) especialidades artísticas: Cerámica, Dibujo, Escultura, Fotografía, Grabado, Nuevos Soportes e Instalaciones, Pintura y Textil. Las obras a presentarse deberán ser encuadradas en una de estas disciplinas y cumplir con las especificaciones técnicas que se detallan en el presente artículo. Especificaciones Técnicas: 2.1 CERAMICA: las obras tendrán las siguientes medidas máximas: una base de hasta 200 cm (doscientos centímetros) en cualquiera de sus lados y una altura de hasta 250 cm (doscientos cincuenta centímetros). En dichas medidas está comprendido el marco y/o soporte si los tuvieran. No serán admitidas las obras que hayan sido decoradas en frío o con la utilización de esmaltes sintéticos. 2.2 DIBUJO: las obras deberán presentarse montadas en soporte rígido con las siguientes medidas máximas: 200 cm (doscientos centímetros) de base y 250 cm (doscientos cincuenta centímetros) de altura. En dichas medidas está comprendido el marco y/o soporte si los tuviera. 2.3 ESCULTURA: las obras tendrán las siguientes medidas máximas: una base de hasta 200 cm (doscientos centímetros) en cualquiera de sus lados y una altura de hasta 250 cm (doscientos cincuenta centímetros). En dichas medidas está comprendido el marco y/o soporte si los tuviera. También deberán respetar el peso máximo de 250 Kg. (doscientos cincuenta kilogramos). 2.4 FOTOGRAFIA: las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: 200 cm (doscientos centímetros) de base y 250 cm (doscientos cincuenta centímetros) de altura. En dichas medidas está comprendido el marco y/o soporte si lo tuviera. 2.5 GRABADO: las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: 200 cm (doscientos centímetros) de base y 250 cm (doscientos cincuenta centímetros) de altura. En dichas medidas está comprendido el marco y/o el soporte si los tuviera. 2.6 NUEVOS SOPORTES E INSTALACIONES: esta especialidad comprende obras realizadas con la utilización de tecnologías electrónicas (video arte, producción digitalizada estática o cinética, multimedia y net art), objetos, e instalaciones bi o tridimensionales. Se establecen para esta especialidad los siguientes requisitos y forma de presentación: No se aceptarán obras originales de ninguna de las subespecialidades abajo mencionadas, salvo aquellas obras cuyo formato sea video. Sólo se recibirán sobres de presentación de obra que deberán ser anónimos y no exhibir en ningún lado visible la firma o identidad del autor. Los sobres deberán respetar el contenido que cada subespecialidad le indique. - Todas las obras que se presenten en esta especialidad, deberán respetar las siguientes medidas máximas: 200 cm (doscientos centímetros) de base y 250 cm (doscientos cincuenta centímetros) de altura. - Todas las obras de esta especialidad que resulten seleccionadas por el jurado actuante, serán montadas por el autor, con sus propios medios y recursos (materiales, soporte técnico, personal, etc.), en el espacio, lugar y fecha que a tal efecto designe la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES-PALAIS DE GLACE-. - Finalizada la etapa de actuación de jurados y exhibición, los sobres NO serán devueltos, a menos que el autor indique lo contrario en el formulario de inscripción. - Las obras que se presenten en formato video no podrán exceder los 10 (diez) minutos de duración y deberán presentarse en formato DVD (Carpeta VIDEO_TS o .VOB). Video Arte y/o Arte Digital En sobre A4 sin cerrar ni identificar, incluir sin anillar ni abrochar: I. Ficha de inscripción completa y firmada por el artista. II. Fotocopia del DNI del autor de la obra. III. Boleta con la elección de jurados propuestos (sólo para artistas del interior del país). IV. DVD (Carpeta VIDEO_TS o .VOB) el cual no deberá consignar créditos ni el nombre del autor. V. Si considera necesario adjuntar una memoria técnico-descriptiva y conceptual que no exceda las 500 palabras. Instalaciones En sobre A4 sin cerrar ni identificar, incluir sin anillar ni abrochar: I. Ficha de inscripción completa y firmada por el artista. II. Fotocopia del DNI del autor de la obra III. Boleta con la elección de jurados propuestos (sólo para artistas del interior del país). IV. Hasta 5 (cinco) fotografías de la obra que participa en el SNAV que den cuenta lo más fielmente posible de la dimensión, características y cualidades de la misma. El tamaño de las fotografías debe ser de 18 x 24 cm. Al dorso de cada fotografía se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá consignar el nombre del autor en ninguna de ellas. V. Plano y/o boceto tamaño A4 que represente gráficamente la instalación, indicando dimensiones y especificaciones de montaje. VI. Si considera necesario adjuntar una memoria técnico-descriptiva y conceptual que no exceda las 500 palabras. VII. Para el caso de las video-instalaciones presentar DVD (Carpeta VIDEO_TS o.VOB) el cual no deberá consignar créditos ni el nombre del autor. Objetos En sobre A4 sin cerrar ni identificar, incluir sin anillar ni abrochar: I. Ficha de inscripción completa y firmada por el artista. II. Fotocopia del DNI del autor de la obra III. Boleta con la elección de jurados propuestos (sólo para artistas del interior del país). IV. Hasta 5 (cinco) fotografías de la obra que participa en el SNAV que den cuenta lo más fielmente posible de la dimensión, características y cualidades de la misma. El tamaño de las fotografías debe ser de 18 x 24 cm. Al dorso de cada fotografía se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá consignar el nombre del autor en ninguna de ellas. V. Si considera necesario adjuntar una memoria técnico-descriptiva y conceptual que no exceda las 500 palabras. 2.7 PINTURA: las obras deberán respetar las siguientes medidas: una máxima de 200 cm (doscientos centímetros) de base y 250 cm (doscientos cincuenta centímetros) de altura; y una medida mínima de 100 cm (cien centímetros) de base y 100 cm (cien centímetros) de altura. En dichas medidas está comprendido el marco y/o soporte, si lo tuviera. 2.8 TEXTIL: las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: 200 cm (doscientos centímetros) de base y 250 cm (doscientos cincuenta centímetros) de altura. En dichas medidas está comprendido el marco y/o soporte si los tuvieran. ART. 3° DE LA NO ADMISION: no serán admitidas las siguientes obras: - Las que no se encuentren comprendidas en el Artículo 2°, o aquellas que no cumplan con las especificaciones técnicas exigidas para cada especialidad, en el artículo mencionado. - Las que pertenezcan a autores que no cumplan con los requisitos formales de los Art. 5º y 6°. - Las que tengan una antigüedad de ejecución superior a 2 (dos) años. - Las que hayan participado en salones nacionales, provinciales, regionales, municipales o en cualquier otro de índole competitivo sin importar que hayan sido premiadas o no. - Los plagios. - Aquellas cuyos autores sean extranjeros con menos de 2 (dos) años de residencia en el país. - Aquellas cuyos autores estén fallecidos y sean presentadas por terceros. - Las que tengan pintura u otros materiales frescos. - Las que contengan elementos orgánicos, seres vivos o materiales perecederos. - Las que hayan sido realizadas con materiales que puedan entrañar algún peligro para las personas o instalaciones, como inflamables, explosivos, ácidos, productos químicos contaminantes, etc. - Las que se presenten una vez vencido el plazo, conforme al cronograma de presentación de obras, de acuerdo a su especialidad. - Las obras presentadas por Jurados actuantes, cualquiera sea la disciplina a la que pertenezcan. - Aquellas cuyos autores tengan un vínculo de hasta tercer grado de parentesco con alguno de los jurados actuantes dentro de la especialidad en la que participa. - Las obras producidas por más de un autor. - Las obras cuyos autores sean menores de 18 años de edad ART. 4° Tampoco serán admitidas las obras presentadas por artistas que no hubieren retirado en tiempo y forma otras obras suyas, seleccionadas y/o rechazadas en ediciones anteriores del SNAV. ART. 5° RECEPCION DE LAS OBRAS: las obras (o sobres para la especialidad de nuevos soportes e instalaciones) deberán presentarse en las fechas y lugares indicados en el calendario propuesto con, DNI que acredite su identidad y fotocopia del mismo. Deberán cumplimentar las 2 (dos) fojas que conforman la ficha de inscripción y firmarla donde corresponda. Los artistas del interior del país, podrán enviar sus obras desde el lugar de su residencia. Se considerará que la fecha de envío del sobre será la que indique el sello de la empresa por la cual se envía la obra. Queda bajo responsabilidad del artista que la obra participante llegue 24 horas antes de la actuación del jurado, de lo contrario no participará del SNAV. 3 ART. 6° La ficha de inscripción mencionada, por la cual se manifiesta conocer y aceptar el Reglamento, tiene carácter de DECLARACION JURADA, y la omisión de su presentación de acuerdo a lo requerido, acarrea la NO ADMISION de la obra, conforme lo establecido en el Artículo 3° del presente. La misma podrá ser descargada del sitio web www.palaisdeglace.gob.ar o les será provista por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES-PALAIS DE GLACE-. La sola inscripción al SNAV implica la aceptación de las normas y fechas establecidas en su reglamento y calendario. El artista que conforme a la base de datos posea obra remanente en la institución, no podrá participar del SNAV 2014. En dicho acto, y una vez cumplidas todas las formalidades y requisitos establecidos en el presente reglamento, la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES-PALAIS DE GLACE- le extenderá al presentante un recibo que acredita la inscripción al certamen. ART. 7° Los participantes no podrán presentar más de 1 (una) obra por especialidad artística. Es la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION quien se reserva la potestad de determinar la cantidad de obra que considere propicia para la exhibición. De las obras presentadas, el jurado seleccionará las que a su juicio tienen méritos suficientes para participar del SNAV, y quedarán habilitadas para competir por los diferentes premios y menciones. Aquellas que no fueran seleccionadas por el jurado quedarán fuera de competencia, no integrarán las exhibiciones de las obras y quedarán a disposición de sus autores, quienes deberán retirarlas en las fechas previstas en el cronograma de devolución de las obras. ART. 8° La SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, velará en todo momento por la conservación de las obras presentadas al SNAV. El área de Conservación y Restauración del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- realizará una ficha respecto al estado de conservación de las obras seleccionadas. Sin perjuicio de ello, los autores que se presenten procederán a contratar por sus propios medios, una póliza de seguro que cubra eventuales destrucciones, deterioros, pérdida, extravío, hurto o robo por una prima que cubra el valor que el autor estime para su obra. El incumplimiento a la presente disposición libera a la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION de toda responsabilidad por los eventuales daños que pudieran producirse a la obra o por terceros, caso fortuito, fuerza mayor y/o cualquier siniestro o evento que pudiera sufrir. ART. 9° EXHIBICION: las obras seleccionadas y premiadas serán exhibidas en el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-, o en la institución que oportunamente determine la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION en caso de fuerza mayor, conforme el cronograma de premios y exhibición que anualmente publique el organizador. ART. 10° DEVOLUCION DE LAS OBRAS: las obras seleccionadas que no sean adquisición deberán ser retiradas por sus autores conforme el cronograma de devolución de obras establecido en el calendario del SNAV para la 103º Edición. El vencimiento de los plazos establecidos operará automáticamente, por el mero transcurso del tiempo, y sin necesidad de intimación alguna. Dado que la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION no dispone de espacio extra para almacenar obras que no pertenezcan a su patrimonio, transcurrido 1 (un) mes de vencido el plazo para retirar la obra, la SECRETARIA DE CUTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION no será responsable por el destino de las mismas, pudiendo disponer de ellas con fines públicos. Dada esta situación, el autor perderá todo derecho a formular reclamos por esta cuestión. Los gastos y la responsabilidad que genere el retiro y traslado de las obras quedarán a cargo del autor exclusivamente, conforme a lo establecido en el Art. 33°. La SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION no está obligada a mantener 4 correspondencia ni comunicación alguna con los participantes, quienes podrán consultar el resultado de la competencia en el sitio web institucional www.palaisdeglace.gob.ar ART. 11° DE LOS JURADOS - PROPUESTAS: la selección y adjudicación de premios estará a cargo de un Jurado compuesto por 5 (cinco) integrantes para cada disciplina que se conformara de la siguiente manera: I. 1 (uno) Jurado acorde a la disciplina de selección, designado por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, que podrán ser directores de museos, centros culturales, provinciales o municipales del ámbito cultural y/o los funcionarios de idéntica competencia a nivel nacional. II. 4 (cuatro) jurados a elegir entre profesionales especialistas en la disciplina convocada, que posean notorios antecedentes y reconocida actuación. La elección de estos últimos se realizará por voto directo de los participantes. Las entidades en la especialidad que agrupan a los profesionales del arte en el ámbito nacional, que posean personería jurídica y con actividad reconocida por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, podrán proponer una lista de 4 (cuatro) candidatos por cada una de las especialidades, que manifiesten en forma previa y fehaciente su voluntad de participar, proclamándose los más votados. El PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES - PALAIS DE GLACE- podrá proponer también candidatos, de manera subsidiaria si las entidades mencionadas no propusieran candidatos en número suficiente en el tiempo solicitado. Tendrán calidad de titulares, los que ocupen el primero, segundo, tercero y cuarto lugar y el resto en calidad de suplentes, de acuerdo a la cantidad de votos obtenidos. En caso de empate, la designación se decidirá por sorteo; en el de renuncia, se designará al suplente. Si renunciaran todos los candidatos votados, la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION nombrará directamente a los reemplazantes. III. Cada Jurado podrá participar como tal en sólo una disciplina dentro de una misma edición del SNAV. ART. 12° VEEDORES: las instituciones que postulen listas de jurados podrán designar 2 (dos) veedores. El veedor deberá acreditar su personería mediante presentación del acta de designación, nota de presentación emitida por la Institución que representa dirigida al Director del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES- PALAIS DE GLACE y documento de identidad. Los veedores podrán estar presentes durante la actuación del Jurado sin voz ni voto. No podrán ser veedores los artistas que participen en una misma edición del Salón. ART. 13° IMPEDIMENTOS: el jurado que quiera participar nuevamente para el mismo cargo, deberá dejar transcurrir un periodo de 2 (dos) ediciones consecutivas del SNAV, sin contar la última en la que haya intervenido. ART. 14° SELECCION DEL JURADO: se ajustará a las siguientes normas: I. El autor concurrente al SNAV emitirá su voto en una boleta que se le entregará y depositará en la urna preparada a tal efecto. II. En el acto de votar el concurrente firmará un registro, que servirá para controlar el número de sufragios depositados en la urna. III. Los artistas residentes en el interior del país, podrán emitir su voto y adjuntarlo en el sobre que envíen desde su lugar de residencia. IV. Una vez finalizada la recepción de obra, se cerrará la urna de votos y se labrará el acta, que será suscrita por el último participante de la especialidad que corresponda. ART. 15° El escrutinio se realizará en acto público con la presencia del Escribano General de la Nación que labrará un acta al efecto, a partir del último día de recepción de las obras, en fecha, hora y lugar que determine la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION a través del 5 PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES- PALAIS DE GLACE. Los veedores podrán asistir al mismo previo aviso y acreditación. ART. 16° RETRIBUCION: la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION asignará una retribución a los Jurados que fijará discrecionalmente, de conformidad con la viabilidad presupuestaria de la que disponga. También abonará los gastos de traslado de aquellos jurados que residan una distancia superior a los 40 kilómetros de la Ciudad de Buenos Aires. A tal efecto, es deber del jurado dar cumplimiento a lo previsto en el Art. 34º del presente Reglamento. ART. 17° El Director del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES - PALAIS DE GLACE- convocará a los jurados, asistiéndolos en su labor, con la responsabilidad de hacer cumplir el presente reglamento. ART. 18° ACEPTACION: la aceptación del cargo por parte del jurado implica el conocimiento, aceptación y observancia del presente reglamento, al que deberá ajustar su actuación bajo apercibimiento de no percibir la retribución correspondiente. Asumirá también el compromiso de cumplir con el calendario pautado por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES- PALAIS DE GLACE. ART. 19° ACTAS: de las actuaciones de los jurados se labrarán las actas correspondientes, que deberán receptar las distintas alternativas de la votación que se presenten. ART. 20° QUORUM: para formar el jurado será necesaria la presencia de los 5 (cinco) miembros. El jurado que habiendo aceptado el cargo no asista a la sesión, sin previo aviso de 24 horas hábiles de la actuación, será sancionado con la prohibición de participar como jurado del SNAV por el término de 2 (dos) ediciones consecutivas del SNAV, sin contar el último en que haya sido sancionado. Asimismo, será reemplazado automáticamente por un suplente y no percibirá la retribución establecida en el Art. 16°. ART. 21° SELECCION, ACEPTACION Y RECHAZO DE LAS OBRAS: previo al otorgamiento de los premios y menciones establecidos en el Art. 24° del presente reglamento, el jurado realizará una selección de las obras a juzgar. La selección requerirá en cada caso de 3 (tres) votos coincidentes de los 5 (cinco) jurados actuantes. ART. 22º Sólo para la disciplina de Nuevos Soportes e Instalaciones, la aceptación se realizará sobre los sobres de presentación de obras. El jurado de esta disciplina podrá excluir del certamen a cualquier obra que, una vez montada, no corresponda con el proyecto presentado. Los premios de esta especialidad serán discernidos luego que las obras seleccionadas hayan sido montadas por el autor en el espacio y fecha dispuesto por el organizador. ART. 23° CARACTER DEL FALLO: las decisiones y fallos del Jurado no podrán ser objetados. ART. 24° DE LAS RECOMPENSAS - NOMINA: en cada una de las especialidades se otorgarán las siguientes recompensas: 1.-GRAN PREMIO ADQUISICION 'PRESIDENCIA DE LA NACION ARGENTINA', $50.000.-- y/o pensión vitalicia (según Art. 25° de este Reglamento) y diploma. 2. -PRIMER PREMIO ADQUISICION, $ 30.000.-- y diploma. 3. -SEGUNDO PREMIO, $15.000.-- y diploma. 4. -TERCER PREMIO, $8.000.-- y diploma. 5.-6.- y 7.- TRES (3) MENCIONES, diploma a cada una. 6 El jurado está facultado para otorgar 1 (una) mención adicional a las referidas en los puntos 5, 6 y 7, si considera que hay obras con mérito suficiente para ello y se denominará 'Mención Especial del Jurado' Las menciones no serán consideradas premio a los efectos del artículo 32°. ART. 25° GRAN PREMIO ADQUISICION PRESIDENCIA DE LA NACION ARGENTINA: las obras distinguidas con este premio quedarán incorporadas automáticamente al patrimonio del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y sus artistas cederán los derechos de reproducción de su obra para fines de difusión cultural en cualquier formato. La adquisición de estas obras se realizará conforme lo estipulado en la Ley 20.733. Aquellos autores que habiendo obtenido este premio no tengan la edad que determina la Ley 24.241 para recibir esta prestación no contributiva, serán acreedores de la recompensa en efectivo, sin perjuicio de que en oportunidad de alcanzar la edad establecida en la ley citada en último término, soliciten el beneficio de la Pensión Vitalicia. ART. 26° PRIMER PREMIO ADQUISICION: las obras distinguidas con el este premio quedarán incorporadas automáticamente al patrimonio del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y cederán los derechos de reproducción de su obra para fines de difusión cultural en cualquier formato. ART. 27° En caso de que un artista hubiera obtenido un 'Gran Premio' en ediciones anteriores del SNAV, cualquiera fuere la especialidad, el jurado podrá instituir un premio propio denominado 'Premio Especial del Jurado', que consistirá en un diploma, pero no podrá acceder a un Gran Premio en ninguna otra especialidad. ART. 28° La sola participación en el concurso implica que los autores de aquellas obras que en el marco del SNAV, resulten seleccionadas para su exposición y/o premiadas en el certamen, autorizan expresamente a la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, para que, en el marco de los fines públicos que tiene asignados, proceda a edición, publicación, representación y reproducción de dichas obras, en cualquier soporte físico, y sin límites temporales, espaciales, cuantitativos o de otra naturaleza. ART. 29° DE LAS RECOMPENSAS - CARÁCTER: todas las recompensas son indivisibles y se adjudicarán mediante votaciones sucesivas hasta que se determinen los ganadores por simple mayoría. El voto de los Jurados, tanto para la selección como para la adjudicación de las recompensas, es obligatorio. Los premios no pueden ser declarados desiertos. Se entiende por mayoría el voto positivo de 3 de los 5 Jurados, y en la primera vuelta de votos para la elección del Gran Premio y el Primer Premio los Jurados se deben manifestar por escrito, en secreto y fundamentando su voto. ART. 30° Los participantes del SNAV podrán rechazar, únicamente, los premios instituidos por particulares. En ese caso deberán expresarlo en la ficha de inscripción. Las demás recompensas son irrenunciables. ART. 31° VERIFICACION DE ACTAS: Una vez adjudicadas las recompensas, se labrará en cada especialidad un acta firmada por los miembros del Jurado respectivo. Los concurrentes al SNAV podrán verificar las actas de selección de las obras y premios, debiendo acreditar para ello su identidad si así lo solicitaran. 7 ART. 32° Ningún autor podrá obtener un premio igual o inferior al que hubiera obtenido con anterioridad en otras ediciones del SNAV en la misma especialidad. La obtención de un premio en una edición previa del SNAV, no impedirá que en futuras presentaciones sus obras se sometan al proceso de selección establecido en los Artículos 21°, 22° y 23° del presente reglamento. ART. 33° El envío y retiro de las obras es por cuenta exclusiva de los participantes. La SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION no tomará a su cargo gasto alguno en concepto de fletes, franqueo, transporte y acarreo. ART. 34° La sola inscripción y participación en el SNAV implica la aceptación de este reglamento en todas sus partes, como así también el deber de colaborar con el organizador aportando con la celeridad debida toda la documentación requerida a jurados, participantes, y/o premiados, con el objeto de cumplir sus disposiciones. ART. 35° Todo caso no previsto en este Reglamento será resuelto por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-, y su decisión será inapelable.
RELACIÓN DE PREMIADOS Modalidad Fotografía: Gran premio adquisición: Juan Hitters (Buenos Aires, Argentina), por Sydney 2013 de la serie Concreto , 2013. Primer premio adquisición: Manuel Antonio Fernández (Buenos Aires, Argentina, 1976), por sin título #4 de la serie Pasado mañana II , 2013. Segundo premio: Livio Giordano (San Isidro, Buenos Aires, Argentina, 1972), Expeller de soja (Río Segundo - Córdoba) de la serie Libre, justa y soberana , 2014. Tercer premio: María Zorzon (Argentina, 1955), por Autorretrato 1 de la serie Auto apropiación , 2014. Menciones: Carolina Magnin (Buenos Aires, Argentina, 1975), Marcela Magno (prov. de Buenos Aires, Argentina, 1966) y Cecilia Reynoso (Buenos Aires, Argentina, 1980). Modalidad Dibujo: Gran premio adquisición: Juan A. Videla (Buenos Aires, Argentina, 1958), por Refugio , 2014. Primer premio adquisición: Ricardo Ajler (Mar del Plata, Argentina, 1958), por Poesía del Cartier de la serie Ciudad paraíso , 2014. Segundo premio: Adrián Carril (Argentina), Nueva ola , 2014. Tercer premio: Lucas Rocino (Buenos Aires, Argentina, 1971), por Mineros (homenaje a Van Gogh) , 2014. Menciones: Miguel Ángel Ferreira (Buenos Aires, Argentina, 1950), Santiago Raffo (Buenos Aires, Argentina, 1961) y M. D Ettorre Negri (Argentina). Mención especial del jurado: Ana Erman (Argentina). Modalidad Pintura: Gran premio adquisición: Richard Sturgeon (Buenos Aires, Argentina, 1952), por Arabe , 2014. Primer premio adquisición: Germán Gárgano (Buenos Aires, Argentina, 1953), por Rapto , 2013. Segundo premio: Leila Tschopp (Buenos Aires, Argentina, 1978), por Escalera de la serie Movimientos dominantes , 2013. Tercer premio: Julieta Barderi (Buenos Aires, Argentina, 1982), por La cabra , 2013. Menciones: Mariano Molina (Buenos Aires, Argentina, 1970), Paula Otegui (Buenos Aires, Argentina, 1974) y Gabriel Sainz(Buenos Aires, Argentina, 1967). Mención especial del jurado: Juan Hoff (Argentina). Modalidad cerámica: Gran premio adquisición: Kyong Woo Im (Corea, reside en Argentina) por El todos sobre tierra, 2013-2014. Primer premio adquisición: Jorge Bangueses (Argentina) por Diálogo formal de la serie Piedras del deber ser, 2014. Segundo premio: Eugeni Bracony (Argentina) por Sin título de la serie Supremacía de lo pequeño, 2014. Tercer premio: Osvaldo Fuentes (Argentina) por Fuera de serie, 2013. Menciones: Jana Pucciarelli (Buenos Aires, Argentina), Celina Saubidet (Buenos Aires, Argentina, 1971) y Lucio Vega (Buenos Aires, Argentina, 1975). Mención especial del jurado: Luciano Polverigiani (Argentina). Modalidad escultura: Gran premio adquisición: Paulina Webb (Buenos Aires, Argentina) por Desintegrando-nos de la serie Cristalino, 2014. Primer premio adquisición: Gabriela Heras (Buenos Aires, Argentina, 1975) por Eslabones sueltos de la serie Cadenas huecas, 2014. Segundo premio: Diana Klainer (Buenos Aires, Argentina, 1967) por Punky, 2014. Tercer premio: Lihué Pumilla (Santa Rosa, Argentina, 1973 - reside en Toay, Argentina) por Toay en Rusia, 2014. Menciones: María Boneo (Belgrado, Serbia, 1959 - reside en Argentina), José Pluma (Argentina) y Tachuela (Paraná, Argentina, 1978). Mención especial del jurado: Irene Banchero (Buenos Aires, Argentina, 1955).
Premio. 07 abr de 2014 - 06 ago de 2014 / Argentina
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