31 oct de 2024 - 02 mar de 2025
07 nov de 2024 - 09 feb de 2025
02 dic de 2024 - 16 mar de 2025
20 sep de 2024 - 25 may de 2025
01 dic de 2024 - 01 mar de 2025
23 oct de 2024 - 10 mar de 2025
19 dic de 2024 - 17 ene de 2025
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Ley de incentivos al mecenazgo cultural:
Real Decreto-ley 6/2023.
(*) En donaciones hasta 250 euros, la base de donación deducible en el IRPF es del 80%.
(**) En donaciones superiores a 250 euros, el porcentaje de deducción en el IRPF es del 40%. Además, los donantes que contribuyan a una misma entidad de manera consistente durante tres años podrán beneficiarse de un porcentaje de deducción mayor.
Las empresas también pueden deducir del Impuesto de Sociedades (IS) el 40%.
Los beneficios se extienden al impuesto de la renta de no residentes (IRNR) que operen en España, favoreciendo la participación internacional en el mecenazgo español.
(***) Las promociones se consideran servicio publicitário y llevan IVA.