Descripción del Premio ------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------- PRIMERA.- El Certamen tiene por objeto premiar al mejor artista joven en cada una de las modalidades convocadas, así como favorecer la difusión de su obra. Se establecen las siguientes cinco modalidades artísticas: Pintura, Dibujo/Ilustración/Cómic, Escultura/Instalación, Fotografía, y Video Creación. SEGUNDA.- Podrán participar en el presente Certamen todas las personas jóvenes de nacionalidad española así como extranjeras que se encuentren residiendo legalmente en España, y nacidos entre el 1 de enero de 1977 y el 31 de diciembre de 1996. Los/las solicitantes, para tener la condición de posibles beneficiarios/as, deberán cumplir los requisitos del artículo 12 de la Ley de Subvenciones de Cantabria, en el momento del cierre del plazo de inscripción. Sólo se podrá participar en una de las modalidades del Certamen. No se podrá participar en la misma modalidad artística de este Certamen en la que se hubiera obtenido premio en cualquiera de las ediciones anteriores del mismo desde el año 2004, en que el Certamen adquiere ámbito nacional. TERCERA.- Solicitudes y documentación a aportar: Los/las participantes solicitarán su inscripción en este Certamen presentando la siguiente documentación: a) Boletín de Inscripción impreso en papel (ANEXO I) cumplimentado, con firma original, indicando la modalidad en que solicita participar. b) Fotocopia impresa del DNI, o Permiso de Residencia. c) Dossier artístico en soporte digital, que incluirá los siguientes ficheros: 1.- Currículo artístico de los cinco últimos años, en documento de Word o Writer (OppenOffice). 2.- Hasta tres fotografías en formato JPG y que no excedan de 3 Mb (megabytes) por foto, de solo tres obras originales ya producidas. En el caso de video creación se presentará una copia de otras tres obras originales, cuya duración no podrá exceder de 10 minutos cada una. El formato de vídeo podrá ser: QUICKTIME, AVI o MPEG. 3.- Ficha técnica de cada una de las tres obras originales (medidas, año de realización, título, posición correcta de la obra, el orden si se trata de una serie, la composición si la obra está formada por más de una pieza, etc.), en documento de Word o Writer (OppenOffice). 4.- Cualquier otra documentación relativa a esas tres obras originales que estime oportuna. Todos los archivos han de presentarse en formato compatible con el sistema operativo Windows. d) Acreditación impresa en papel, original, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, expedida por la autoridad competente, o autorización expresa a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria para recabar dichos certificados, conforme al modelo contemplado en el ANEXO II de la presente Orden, igualmente impreso y original. No obstante, para los/las participantes que no estén sujetos a las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y/o no resulte obligado a estar inscrito como empresa en la Seguridad Social o en alta en el régimen especial correspondiente bastará con la presentación de una declaración responsable, impresa y original, acerca de esta circunstancia, de conformidad con los artículos 2 y 3 del Decreto 61/2006, de 1 de junio, por el que se regula la acreditación de los beneficiarios de subvenciones de estar al corriente de las obligaciones con las Administraciones Públicas (ANEXO IV). e) Declaración responsable, impresa y original, de no incurrir en alguna de las causas de prohibición, que para obtener la condición de beneficiario/a, establece el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones. (ANEXO III). No se presentará en el momento de la inscripción obra original, sino las copias y reproducciones digitalizadas a las que se hace referencia en los apartados 2 y 3 anteriores de la letra c). Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, la Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud requerirá al interesado/a para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días y si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud previa resolución de la Consejera de Presidencia y Justicia, que será dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. CUARTA.- En cada modalidad se otorgará un único premio en metálico por la cuantía siguiente: Modalidad: Cuantía premio Pintura: 2.000,00 euros Dibujo, Ilustración, Cómic: 2.000,00 euros Escultura, Instalación: 2.000,00 euros Fotografía: 2.000,00 euros Video Creación: 2.000,00 euros Además de los premios anteriores se establece el premio Joven Valor, consistente en una beca de formación de 3.000,00 euros en metálico, destinada a la ampliación de conocimientos artísticos, que será concedida a uno de los/las jóvenes que haya obtenido premio, sumándose al ya propuesto. El/la ganador/a de este premio, en el plazo de un mes a partir de la notificación de concesión del premio, deberá comunicar previamente y por escrito a la Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud el lugar y la forma en que ampliará su formación, e igualmente informar de su desarrollo una vez concluida la misma. A los premios en metálico se les practicará las retenciones de I.R.P.F. legalmente oportunas. QUINTA.- La inscripción para participar en el Certamen deberá realizarse entre los días 9 y 20 de julio de 2012, ambos inclusive. Dentro de dicho plazo, los/as interesados/as deberán presentar la documentación establecida en la Base Tercera de la presente Orden, en el Registro Delegado de la Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud, sito en la calle Castelar, núm. 5 - primera planta, de Santander, en horario al público de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Tanto el texto de la Orden como los Anexos serán publicados en el Boletín Oficial de Cantabria. SEXTA.- Los premios del Certamen serán fallados por un Jurado designado y presidido por el/la director/a General de Juventud o persona en quien delegue, e integrado por al menos cuatro personas. Un/a funcionario/a de la Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud actuará como secretario/a, con voz pero sin voto. El Jurado, que actuará como órgano instructor, emitirá informe certificando que los concursantes propuestos cumplen los requisitos para acceder al premio, y valorará los trabajos presentados de acuerdo con los criterios objetivos que se detallan a continuación, y según la ponderación que, sobre un total de 100 puntos, igualmente se indica: a) Creatividad en el proceso y en el concepto, máximo 40 puntos. b) Ejecución técnica, máximo 40 puntos. c) Innovación y originalidad en la solución artística presentada, máximo 20 puntos. El Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en la sección 5ª, capítulo II, título II, de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. El Jurado sólo podrá proponer como premiado/a un/a artista por cada modalidad, pudiendo declarar desierto cualquiera de los premios. Conforme al artículo 24.5 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, esta propuesta tendrá el carácter de definitiva. El fallo del Jurado se elevará a la Consejera de Presidencia y Justicia, a través del/la director/a General de Igualdad, Mujer y Juventud, para que dicte la correspondiente Resolución motivada de concesión de los premios que se notificará individualmente a los/as participantes y se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria. La Resolución contendrá, además de los/as premiados/as, la relación de todos los/as participantes. Todos las personas beneficiarias deberán cumplir las obligaciones establecidas en el art. 13 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y, en particular, facilitarán cuanta información les sea requerida por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, conforme al artículo 16.3.ñ de la Ley. En particular, el cumplimiento y la acreditación previa de las condiciones establecidas en las Bases Primera y Segunda será suficiente a efectos de justificación de la subvención, salvo en el caso del premio Joven Valor que, en el plazo de un mes a partir de la notificación de concesión del premio, deberá comunicar previamente y por escrito a la Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud el lugar y la forma en que ampliará su formación, e igualmente informar de su desarrollo una vez concluida la misma. El plazo máximo para resolver se establece en 6 meses, computado a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria. Transcurrido el citado plazo sin que se haya notificado la Resolución podrán entenderse desestimadas las solicitudes presentadas. Contra la Resolución de concesión, que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su notificación. SÉPTIMA.- Se editará un catálogo de la edición 2012 del Certamen. Los/las jóvenes premiados/as cederán los derechos de reproducción de sus obras para su inclusión en el catálogo, así como para su comunicación pública. La Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud se reserva el derecho de solicitar a los artistas seleccionados información complementaria para su inclusión en el mismo: textos, currículo artístico o imágenes de obras. OCTAVA.- El dossier digital de los/las participantes no premiados/as deberá ser retirado por los/las interesados o persona autorizada en las dependencias de la Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud. antes del 15 de diciembre de 2012. Se podrá solicitar por escrito su devolución mediante correo certificado y contra reembolso. Transcurrido el plazo señalado sin que haya sido retirado el material y documentación de los/as concursantes, se procederá a su destrucción. NOVENA.- La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. DÉCIMA.- La participación en el Certamen supone la aceptación expresa de estas Bases y el sometimiento de las personas participantes a las mismas.
Los ganadores han sido Laura López Balza (Arena de Iguña, Cantabria, 1984) -en pintura-, Carolina Cruz Guimeray (A Coruña, 1981) -en escultura-, Nader Sharaf Martínez -en dibujo, ilustración o cómic-, Mauro Fariñas (Madrid, 1982) -en fotografía- y Lois Patiño (Vigo, Pontevedra, 1983) -en video creación-, que también ha sido reconocido con el premio al Joven Valor, consistente en una beca de formación de 3.000 Euros. El jurado de esta edición ha estado presidido por la directora de Igualdad, Mujer y Juventud, Isabel Gómez-Barreda. Entre los vocales con voz y voto se encuentran Joaquín Martínez, Eloy Velázquez, Juan Carlos Fernández, Salvador Carretero, Juan Manuel Ortega y Jaime Sordo. La vocal con voz y sin voto ha sido Mónica Alvarez y como secretario ha ejercido Miguel Ángel Taborga.
Exposición. 14 nov de 2024 - 08 dic de 2024 / Centro de Creación Contemporánea de Andalucía (C3A) / Córdoba, España
Formación. 23 nov de 2024 - 29 nov de 2024 / Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS) / Madrid, España