Premios / Dotación:
Descripción del Premio El Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, consciente de la importancia que la Pintura ha tenido y tiene en el desarrollo social y cultural de los pueblos, y en su deseo de fomentar la creación artística, convoca el Premio Ciudad de Alcalá de Pintura, conforme a las siguientes: BASES 1ª.- Las presentes bases tienen por objeto otorgar el Premio Ciudad de Alcalá en su XLII edición y en su modalidad de Pintura, así como fijar las normas reguladoras que establecen el procedimiento para su concesión. 2ª.- Podrán ser candidatos a este galardón todos los artistas plásticos que, no habiendo sido premiados en certámenes anteriores, presenten una única obra original e inédita, siendo de libre elección, tanto la temática como la técnica empleada. 3ª.- No podrá otorgarse el Premio Ciudad de Alcalá de Pintura a las personas que ostenten los siguientes cargos: - Alcalde-Presidente, Tenientes de Alcalde y resto de concejales del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares mientras se hallen en el ejercicio de sus cargos. - Las autoridades, funcionarios y demás personas que mantengan cualquier vínculo o relación con el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares y cuya intervención directa o indirectamente pueda influir en la concesión del Premio. 4ª.- Las candidaturas se formalizarán mediante la presentación de la siguiente documentación y de acuerdo con los requisitos que se indican: - Los candidatos presentarán una única obra, siendo de libre elección tanto la técnica como la temática empleada. - En cuanto al formato, la obra no podrá ser ni inferior ni superior a 1 y 4 metros cuadrados, respectivamente. - Las obras habrán de montarse sobre bastidor o soporte rígido, sin marco, admitiéndose un simple listón de madera o metálico, y deberán presentarse debidamente embaladas y protegidas. - Podrán rechazarse las obras realizadas en materiales que supongan un riesgo para las mismas. - Las obras se presentarán sin firmar y sin ningún otro dato o marca que permita identificar su autoría. - En el reverso de cada obra deberá adherirse una etiqueta o similar en la que aparezca el título o lema de la obra. - En sobre anexo, junto a la obra, se entregará en plica cerrada, y con idéntico lema al utilizado en el reverso del cuadro en su exterior, conteniendo los siguientes datos y documentación: --- Datos técnicos de la obra: título, año, técnica y medidas de la obra. --- Diapositiva, fotografía a color o impresión digital en disco de 300 p.p. mínimo 9 x 12cm de la obra e instrucciones para su montaje si fuera preciso. --- Nombre y apellidos, dirección postal, teléfono y correo electrónico si lo tuviera. --- Currículum de la trayectoria artística y profesional del autor, que podrá ir acompañado de un dossier documental que contenga imágenes de obras recientes. --- Declaración responsable del autor haciendo constar que la obra presentada es original e inédita y que no ha sido premiada con anterioridad. 5ª.- El plazo de presentación de las obras será el comprendido entre los días 1 al 15 de septiembre de 2011, ambas fechas incluidas. La presentación o remisión de las obras deberá dirigirse a la Dirección General de Coordinación Institucional, Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Plaza de Cervantes nº 12, 28801 Alcalá de Henares, en el horario de Registro, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, mediante cualquiera de los procedimientos administrativos contemplados en la vigente legislación sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que, en ningún caso, este procedimiento suponga coste alguno para el Ayuntamiento. Las candidaturas presentadas fuera del plazo señalado no serán admitidas, con excepción de las que hayan sido enviadas por correo certificado y cuya fecha de envío esté dentro del plazo fijado. 6ª.- El Premio Ciudad de Alcalá de Pintura, que será único e indivisible, consistirá en la entrega de galardón conmemorativo y comportará una dotación económica de seis mil seiscientos euros (6.600 euros ). Esta cantidad estará sujeta a la legislación fiscal vigente, aplicándose sobre dicha cantidad las retenciones legalmente establecidas. El premio podrá quedar desierto, si en opinión mayoritaria del Jurado, las obras y trabajos presentados no cumplen los fines para los que han sido creados estos premios. 7ª.- El fallo del Premio, que será inapelable, corresponderá a un Jurado presidido por el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, o persona en quien delegue, y a él corresponderá designar a los miembros del mismo entre personas que tengan reconocido prestigio en el mundo de las artes plásticas y/o de la vida pública, a juicio del Presidente del Jurado. Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, la persona designada al efecto por el Alcalde- Presidente. 8ª.- Los miembros del Jurado deberán abstenerse de intervenir cuando en ellos concurra alguna de las causas previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los interesados podrán promover la recusación de los miembros del Jurado en los casos previstos en el párrafo anterior, de conformidad a lo establecido en el art. 29 de la citada Ley. 9ª.- El Presidente del Jurado, establecerá el orden de las deliberaciones, así como de las votaciones, si éstas fueran precisas, para emitir el fallo del Premio, que podrá hacerse público el mismo día que se produzca. La entrega del Premio tendrá lugar en un acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia y solemnidad adecuada el día 9 de octubre de 2011, conmemoración del bautismo de Miguel de Cervantes en Alcalá de Henares, comprometiéndose el premiado a asistir. 10ª.- La obra premiada pasará, en propiedad, a formar parte de la Colección de Arte del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Los derechos de reproducción de la imagen y exhibición se negociarán por las partes conforme a la legislación vigente. 11ª.- Entre las obras presentadas el Jurado realizará una selección que podrá ser objeto de una exposición colectiva y de la que se podrá editar un catálogo. 12ª.- Igualmente, el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares podrá organizar una muestra individual con las obras del galardonado, transcurrido, al menos, un año, desde la concesión del premio. 13ª.- Las obras presentadas y no premiadas serán retiradas transcurridos quince días después del fallo del Jurado y hasta un mes después; en el supuesto de que el Jurado decida realizar una selección entre las obras presentadas y no premiadas para realizar una exposición colectiva, podrán retirarse a partir de la fecha de clausura de la misma y por idéntico plazo. En ambos casos, los autores podrán dirigirse a la Dirección General de Coordinación Institucional del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Plaza de Cervantes nº 12, 28801 Alcalá de Henares, en el mismo horario que consta en el punto 5 de las bases de esta convocatoria, sin que la devolución de los trabajos suponga coste alguno para el Ayuntamiento. Transcurrido el plazo anteriormente señalado, sin que el autor retire la obra, se entenderá que renuncia a cualquier derecho sobre la misma, pudiendo el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares disponer libremente de la misma. 14ª.- Se observará la máxima garantía y diligencia en la conservación y protección de las obras presentadas, declinándose toda responsabilidad por extravíos, daños, robos o cualquier daño que pueda producirse durante los procesos de transporte, recepción, depósito, exhibición o devolución. En el supuesto de organizarse una exposición pública, las obras seleccionadas estarán aseguradas durante el período de exhibición con un valor máximo de setecientos euros (700 euros). 15ª.- La participación en este certamen supone la aceptación íntegra de sus Bases, quedando el Jurado facultado para dirimir cualquier eventualidad no prevista en ellas; tendrá, asimismo, capacidad de interpretación a cuantos efectos procedan.
Premio. 01 sep de 2011 - 15 sep de 2011 / Alcalá de Henares, Madrid, España