Descripción del Premio Primero.- Objeto de la convocatoria. El Gobierno de Aragón convoca dos becas de estancia en la Residencia de Estudiantes durante el curso 2011/2012 para la realización de proyectos de investigación o de creación artística en el marco que brinda la Residencia de Estudiantes. El Gobierno de Aragón se hará cargo de la financiación del programa y la Residencia de Estudiantes prestará los servicios relativos a la estancia. Segundo.- Plazo de solicitud Las becas convocadas podrán solicitarse desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Aragón hasta el 10 de junio de 2011 Tercero.- Requisitos de los solicitantes A) Creadores y Artistas Para optar a esta beca, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser nacido o residente en Aragón o haber obtenido la titulación en una Universidad aragonesa o proponer un proyecto que suponga un beneficio para la nuestra Comunidad. b) Haberse dedicado, al menos durante dos años, a trabajos artísticos o de creación en los campos de la literatura, las artes plásticas, la música, las artes visuales o el teatro. c) Presentar un proyecto, ya iniciado, para realizar durante el período de disfrute de la beca. d) Tener como máximo 35 años en el momento de solicitud de la misma. B) Investigadores Para optar a estas becas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser nacido o residente en Aragón o haber obtenido un título universitario en cualquier universidad aragonesa, o proponer un proyecto que implique un beneficio para la Comunidad Aragonesa. b) Estar en posesión del título de Licenciado o de Ingeniero o Arquitecto con proyecto fin de carrera, y ser estudiante de tercer ciclo con un proyecto de investigación o de tesis doctoral en cualquier ámbito del conocimiento. c) Presentar un anteproyecto del trabajo que desea realizar durante el período de disfrute de la beca. d) Tener como máximo 35 años en el momento de solicitud de la misma. Cuarto.- Dotación La dotación de cada beca será la correspondiente a los gastos de alojamiento y manutención del becario, en régimen de pensión completa, desde el 1 de septiembre de 2011 hasta el 31 de agosto de 2012 en la Residencia de Estudiantes. Quinto.- Período y condiciones de disfrute El período de disfrute de la beca es de doce meses, desde 1 de septiembre de 2011 hasta 31 de agosto de 2012, y puede ser prorrogado, en su caso, en períodos equivalentes, hasta un máximo de dos veces. La percepción de cualquier otra remuneración deberá ser comunicada por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes, quien lo pondrá en conocimiento del Director General de Cultura del Gobierno de Aragón. La valoración de estas modificaciones corresponde a la Comisión Mixta Gobierno de Aragón/Residencia de Estudiantes. No informar de cualquier ingreso suplementario será causa de la supresión inmediata de la beca. Aquellos becarios que deseen solicitar la prórroga de la beca para el curso 2012/2013 deberán comunicarlo por escrito al Gobierno de Aragón y a la Residencia de Estudiantes antes del 30 de abril de 2012. Con la solicitud de prórroga, el becario deberá enviar una Memoria relativa a la labor realizada, con el Visto Bueno de la Directora de la Residencia de Estudiantes. Además los becarios, dentro del plazo y con los demás requisitos que con carácter general se establezcan, en su caso, para el año 2012/2013, deberán presentar la correspondiente solicitud, la cual será evaluada con el resto de las solicitudes, en igualdad de condiciones y conforme a las bases de la convocatoria para el mismo año. Sexto.- Formalización de solicitudes Las solicitudes, ajustadas a los modelos que figuran como Anexos a esta Orden, se encuentran a disposición de los interesados en la Dirección General de Cultura del Gobierno de Aragón, Gómez Laguna, nº 25, 50009-Zaragoza; www.aragon.es y en la Residencia de Estudiantes, Calle Pinar nº 23, 28006-Madrid, www.residencia.csic.es. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: A) Creadores y Artistas 1.- Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el candidato. 2.- Curriculum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará en los lugares anteriormente citados, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del mismo. 3.- Memoria-anteproyecto del trabajo a realizar, que deberá incluir el informe de algún artista o creador de reconocido prestigio. 4.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Certificado de empadronamiento que acredite su residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón. B) Investigadores 1.- Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el candidato. 2.- Curriculum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará en los lugares anteriormente citados, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del mismo. 3.- Memoria-anteproyecto del trabajo a realizar, que deberá incluir el informe del director del trabajo, así como una argumentación de la conveniencia de residir en Madrid para la realización del proyecto. 4.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón. Séptimo.- Subsanación En todo caso si la documentación entregada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria o no se presentara en la forma establecida en la misma, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez (10) días naturales, a contar desde el momento de la notificación, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida su petición. Octavo.- Plazo y lugar de presentación El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, finalizará el día 10 junio de 2011. La solicitud de beca, acompañada de la documentación precisa, se presentará en el Registro del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón -Avenida Gómez Laguna, 25, 6ª planta- o bien en cualquiera de las unidades de registro del Gobierno de Aragón de Zaragoza, Huesca y Teruel, y en las oficinas delegadas del Gobierno de Aragón, así como por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/ 1999, de 13 de enero. El solicitante deberá remitir a la Residencia de Estudiantes (calle Pinar, 21-23 28006 Madrid) una copia de la solicitud presentada ante el Gobierno de Aragón y debidamente acreditada con el sello del registro del Gobierno de Aragón y de la documentación que acompaña, haciendo constar en la remisión: Becas Gobierno de Aragón. Noveno.- Proceso de selección La preselección de los candidatos será realizada por un comité de expertos, designados por la Residencia de Estudiantes, que valorará tanto la trayectoria académica y profesional de los solicitantes como la excelencia de los proyectos presentados. Para llevar a cabo la selección definitiva de los candidatos, se designará un Comité de Selección, presidido por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, o persona en quien delegue. Este Comité, integrado paritariamente por representantes de las dos instituciones y expertos de reconocido prestigio, será nombrado por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte. Los candidatos preseleccionados serán convocados a una entrevista personal en la que se tendrán como criterios de selección los siguientes: - Excelencia del proyecto. - Duración del mismo. - Que el proyecto presentado resulte de especial singularidad e importancia para la Comunidad Aragonesa. - Curriculum vitae del solicitante. La adjudicación de la beca corresponde a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, a la vista de la propuesta efectuada por el Comité de Selección, y será publicada en el Boletín Oficial de Aragón y en la página web de la Residencia de Estudiantes. Así mismo se notificará personalmente por escrito a los seleccionados. En el caso de que el Comité de Selección estime que los proyectos presentados no tengan el nivel adecuado, una o las dos becas podrán declararse desiertas. La documentación relativa a los proyectos que no resulten becados podrá ser retirada en la Dirección General de Cultura y en la Residencia de Estudiantes en el plazo de tres meses desde la publicación de la adjudicación. Transcurrido dicho plazo ambas instituciones no vendrán obligadas a su custodia. Décimo.- Obligaciones del becario 1.- Comunicar por escrito la aceptación de la beca en los diez días naturales siguientes a la notificación de su concesión. 2.- El perceptor de esta beca deberá presentarse en la Residencia de Estudiantes el día 1 de septiembre de 2011. Se entenderá que todo becario que injustificadamente no lo haga en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado. Su vacante se cubrirá conforme a la lista de suplentes que figuren en la Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte que resuelva la convocatoria de las becas. 3.- El perceptor de la beca adquiere el compromiso de permanecer en el alojamiento que se le asigne como becario de la Residencia de Estudiante el tiempo de duración de la misma. En caso de ausentarse de su lugar de alojamiento injustificadamente o dejar de abonar sus gastos extra, previo conocimiento de la Comisión Mixta, la beca será anulada inmediatamente, por Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón. 4.- Cumplir el Reglamento de la Residencia de Estudiantes y demás normas de régimen interior. Este compromiso deberá formalizarse por escrito y su incumplimiento, a propuesta de la Comisión Mixta, puede ocasionar la anulación de la beca, por Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón. 5.- Cumplir las distintas etapas del plan de trabajo presentado, dedicándose a él de conformidad con el Reglamento de la Residencia de Estudiantes. 6.- Cuando las circunstancias obliguen al becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su trabajo, deberá dar cuenta de ello inmediatamente, por escrito, a la Directora de la Residencia de Estudiantes, quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Aragón. La valoración de estas modificaciones corresponde a la Comisión Mixta. 7.- Cuando las circunstancias obliguen al becario a renunciar a su beca como consecuencia de circunstancias no previstas, deberá dar cuenta de ello, inmediatamente, por escrito, a la Directora de la Residencia de Estudiantes, que cubrirá la vacante conforme la lista de suplentes que figuren en la Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte que resuelva la convocatoria de las becas, estando el nuevo becario obligado a cumplir con todos los requisitos especificados en la convocatoria. 8.- Presentar a la Dirección General de Cultura del Gobierno de Aragón, a la terminación del período de disfrute de la beca, el correspondiente trabajo final, acompañado, en el caso de creadores y artistas, de un informe del artista o creador que lo avaló y en el caso de investigadores, de un informe del director del trabajo, y el Visto Bueno de la Directora de la Residencia de Estudiantes. Asimismo, será preceptivo presentar informes anuales en el momento de solicitar las prórrogas. El Gobierno de Aragón y la Residencia de Estudiantes se reservan la opción de publicación y/o exhibición del trabajo final presentado, en la forma que estimen conveniente. 9.- Al término de la beca, los artistas plásticos quedan obligados a depositar en el Gobierno de Aragón y/o la Residencia de Estudiantes una de sus obras, a elección de la Comisión Mixta. Si hubieran obtenido prórroga, finalizada ésta harán entrega de un segundo trabajo de libre creación. Los intérpretes artísticos, como músicos, bailarines o actores, deberán realizar una audición pública dentro de la Comunidad aragonesa y/o en la Residencia de Estudiantes. En el caso de textos o trabajos audiovisuales, el becario dejará copias en el Gobierno de Aragón y en la Residencia de Estudiantes, reservándose dichas instituciones el derecho de publicar, o difundir mediante audiciones o proyecciones públicas, dichos trabajos. 10.- En las intervenciones públicas o escritas, sean éstas individuales o conjuntas, vinculadas con el proyecto de creación, así como en todas las publicaciones realizadas durante el período de disfrute de la beca, los becarios han de hacer constar en sus créditos, reseñas biográficas o currículum su condición de becarios del Gobierno de Aragón en la Residencia de Estudiantes. Undécimo.- Aceptación de las bases de la convocatoria La presentación de la solicitud para la obtención de la beca implica la aceptación de las bases de la convocatoria por el solicitante.
Exposición. 17 dic de 2024 - 16 mar de 2025 / Museo Picasso Málaga / Málaga, España
Formación. 01 oct de 2024 - 04 abr de 2025 / PHotoEspaña / Madrid, España