Descripción del Premio ------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------- RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2011, del Instituto de la Juventud de Castilla y León, por la que se convoca la campaña «Arte Joven: Jóvenes Artistas en Castilla y León 2011». El Instituto de la Juventud de Castilla y León es el organismo de la Administración Autonómica al que corresponde promover, proyectar, dirigir, coordinar, ejecutar e inspeccionar en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León la política de juventud, de acuerdo con las previsiones de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León. Con la presente convocatoria, desde el Instituto de la Juventud de Castilla y León, se apuesta por el mantenimiento de un programa plenamente consolidado, dirigido a prestar de apoyo a los jóvenes artistas de nuestra Comunidad, con la finalidad de estimular y premiar su creatividad, promover su proyección profesional, facilitarles el acceso a los circuitos profesionales y al mismo tiempo, divulgar las nuevas tendencias artísticas entre la sociedad. El programa «Arte Joven: Jóvenes Artistas en Castilla y León 2011», aparece estructurado en cuatro modalidades artísticas: «Artes Escénicas y Cinematografía, Artes Plásticas y Visuales, Letras Jóvenes y Música Joven», cuyas condiciones especificas de participación se desarrollan en Anexos diferenciados. En consecuencia y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como por la Ley 3/2006, de 25 de mayo, por la que se crea el Instituto de la Juventud de Castilla y León, DISPONGO Primero.- Objeto y modalidades. 1.- La presente Resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria y el establecimiento de las condiciones de participación en el programa «Campaña de Arte Joven: Jóvenes Artistas en Castilla y León 2011», en sus distintas modalidades. 2.- El programa «Arte Joven: Jóvenes Artistas en Castilla y León 2011», se desarrolla en las siguientes modalidades cuyas condiciones de participación se incluyen como Anexos a la presente Resolución: a) Artes Escénicas y Cinematografía. b) Artes Plásticas y Visuales. c) Letras Jóvenes. d) Música Joven. Segundo.- Financiación. Los gastos derivados de la ejecución del programa se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.22.232A02.641.00/0 del estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2011, por un importe total de treinta y un mil quinientos euros (31.500 euros). Tercero.- Participantes. 1.- Podrán participar en la convocatoria los jóvenes, individualmente o conjuntas en el caso de las modalidades de «música joven» y «artes escénicas» que, cumpliendo los requisitos específicos establecidos en el correspondiente Anexo, reúnan, a su vez, los siguientes: a) Residir, a fecha de publicación de la presente convocatoria, en un municipio de Castilla y León, o haber nacido en Castilla y León, o ser descendiente de castellanos y leoneses, nacido y residente en el extranjero. b) Tener entre 16 y 30 años de edad a 31 de diciembre de 2011, según se especifica en el correspondiente Anexo de cada modalidad. c) En el caso de solicitudes conjuntas o de grupo, entendiéndose como tales los formados por cuatro o más miembros, se admitirá que hasta un 25% de sus componentes superen los 30 años. Cuarto.- Solicitudes y plazo de presentación. 1.- Las solicitudes se presentarán mediante instancia normalizada dirigida al Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León, conforme al modelo establecido en el Anexo A de esta Resolución, existiendo, igualmente, a disposición de los interesados modelo normalizado en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: www.tramitacastillayleon.jcyl.es. 2.- Las solicitudes se presentarán en las Oficinas de Registro del Departamento Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades de las distintas provincias, o en cualquiera de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Dada la naturaleza de la convocatoria se excluye la posibilidad de presentar las solicitudes tanto de forma telemática, como por telefax, de conformidad con el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales. 3.- El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Quinto.- Documentación. 1.- Las solicitudes irán acompañadas de la documentación que, para cada una de las modalidades se señalan en el correspondiente Anexo de esta Resolución. 2.- Con la presentación de la solicitud se podrá autorizar al órgano administrativo encargado de la verificación de los datos para que éste pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información que estime precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en cuya virtud deba pronunciarse la resolución. En caso de no otorgar dicha autorización, se deberá aportar junto con la solicitud la documentación acreditativa de dichos datos. 3.- Sin perjuicio de lo establecido en el apartado segundo podrá requerirse al solicitante y éste podrá presentar cualquier otro documento necesario para aclarar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Sexto.- Instrucción. 1.- El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Servicio de Promoción Cultural e Iniciativas Juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León. 2.- Recibidas las solicitudes, se verificará que reúnen los requisitos exigidos y que van acompañadas de la documentación requerida. Si se apreciara que alguna de las solicitudes presentadas adolece de defectos formales, por no reunir los requisitos establecidos o por no ir acompañada de alguno de los documentos exigidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se requerirá al solicitante para que en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que se dictará al efecto en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley 30/1992. 3.- Las solicitudes presentadas y admitidas que cumplan los requisitos establecidos serán valoradas, conforme a los criterios establecidos en cada una de las modalidades en el correspondiente Anexo, por una Comisión de Valoración. Séptimo.- Comisión de Valoración. 1.- Es el órgano colegiado al que corresponde la selección de las obras y participantes finalistas. 2.- Se designará una Comisión de selección por cada una de las modalidades de premios convocadas que estará integrada por: - Presidencia: El Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León o persona en quien delegue. - Vocales: El titular del Servicio de Promoción Cultural e Iniciativas Juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León y al menos dos asesores de reconocido prestigio por modalidad del programa, designados por el Presidente de la Comisión. - Secretaria: El titular de la Sección de Promoción Artística del Instituto de la Juventud de Castilla y León que tendrá voz y voto. En caso de ausencia o enfermedad, los miembros de la Comisión podrán ser sustituidos por suplentes, designados por el Presidente de la Comisión. 3.- La Comisión de selección examinará y valorará los proyectos presentados, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos, adoptando su decisión por mayoría, pudiendo solicitar el asesoramiento técnico que considere oportuno. En los casos de empate, el presidente dispondrá de voto de calidad. La Comisión de selección levantará acta de sus deliberaciones, dejando constancia de las propuestas seleccionadas y su juicio sobre las mismas. Asimismo, podrá proponer que se declare desierta la convocatoria, de forma total o parcial, por ausencia de candidatos o cuando, a su juicio, las solicitudes presentadas no reunieran la calidad suficiente. Octavo.- Resolución. 1.- Una vez ponderadas las solicitudes, la Comisión de Selección emitirá un informepropuesta que servirá de base para la resolución de la convocatoria por el Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León. 2.- La resolución se notificará a los interesados conforme a lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, será objeto de publicidad a través de la página Web del Instituto de la Juventud de Castilla y León, www.juventud.jcyl.es. 3.- El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido notificada, se podrán entender desestimadas las solicitudes, en los términos previstos en las normas reguladoras del procediendo administrativo común. 4.- Contra dicha Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente del Instituto de la Juventud de Castilla y León, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 20 la Ley 3/2006, de 25 de mayo, por la que se crea el Instituto de la Juventud de Castilla y León. Noveno.- Propiedad intelectual y difusión de las obras premiadas. 1.- El Instituto de la Juventud de Castilla y León, podrá difundir y exponer todas las obras o trabajos presentados, así como utilizar la totalidad o fragmentos de los trabajos premiados para su difusión y promoción y disponer de los mismos dentro de su programación de actividades, de conformidad con lo establecido en la Ley de Propiedad Intelectual. 2.- Las obras o trabajos premiados serán propiedad del Instituto de la Juventud de Castilla y León, para su utilización y, en su caso, adaptación o combinación, sin restricción alguna, sin perjuicio de la reserva de los derechos irrenunciables que la legislación sobre propiedad intelectual reconozca a su autor. 3.- El Instituto de la Juventud de Castilla y León quedará eximido de cualquier responsabilidad derivada del plagio o de cualquier trasgresión de la legislación vigente en que, en materia de propiedad intelectual, pudiesen incurrir los participantes. 4.- Las obras de los participantes no premiados, o en su caso, cualquier otro material presentado en su lugar, deberán ser retiradas por aquellos o por persona autorizada, en el lugar que se determine desde el Instituto de la Juventud de Castilla y León, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo, las obras no retiradas quedarán a disposición del Instituto de la Juventud de Castilla y León, que podrá darles el destino que estime oportuno. Décimo.- Otras determinaciones. El Instituto de la Juventud no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos dentro de las obras y las actuaciones admitidas a convocatoria, ni se identificará con ellos necesariamente. En cualquier caso no se admitirán a concurso aquellas obras o interpretaciones que hagan apología de la vulneración de los derechos humanos. Undécimo.- Régimen jurídico. 1.- La participación en el Campaña supone la total aceptación de las presentes condiciones de participación. 2.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante el Presidente del Instituto de Juventud de Castilla y León, conforme se establece en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 20 la Ley 3/2006, de 25 de mayo, por la que se crea el Instituto de la Juventud de Castilla y León. Valladolid, 1 de febrero de 2011. El Director General, Fdo.: SERGIO MONTOYA RUIZ DE ANGULO ANEXO I ARTES ESCÉNICAS Y CINEMATOGRAFÍA Primera.- Objeto. 1.- Es objeto de esta modalidad: a) La selección y premio de la mejor compañía joven, y de su correspondiente obra o espectáculo, ya sea de danza, artes circenses o teatro, en cualquiera de sus manifestaciones: calle, sala, textual, gestual, infantil, títeres u otras. b) La selección, adquisición y premio del mejor cortometraje cinematográfico, en soporte digital, original, con una duración máxima de 30 minutos e idioma castellano o subtitulado en esta lengua. 2.- Los seleccionados podrán ser invitados por el Instituto de la Juventud de Castilla y León a colaborar en el desarrollo de sus actividades, eventos y campañas, facilitándoles la representación y/o exhibición de las obras, hasta que se produzca la resolución de la convocatoria del programa de Arte Joven del siguiente ejercicio. Segunda.- Dotación económica. Los gastos derivados de esta modalidad del programa tendrán una cuantía de 10.000 euros. Tercera.- Participantes. 1.- Podrán participar en esta modalidad: a) Grupos de teatro, danza o circo joven, con edades comprendidas entre 16 y 30 años a 31 de diciembre del año 2011. Si los grupos estuvieran formados por cuatro o más miembros, se admitirá que, hasta un 25% de sus componentes, superen los 30 años. b) Jóvenes realizadores con edades comprendidas entre 16 y 30 años a 31 de diciembre del año 2011. 2.- No se podrán presentar más de dos obras cualquiera que sea su modalidad. Cuarta.- Documentación. 1.- En la modalidad de «Artes Escénicas» se deberá presentar: a) Currículum de la compañía o grupo en CD y por escrito. Deberá contener los datos personales que se referirán a todos los componentes de la compañía o grupo, formación académica, estudios complementarios, intervenciones artísticas, premios, becas y otros datos de interés similares, así como los datos curriculares de la compañía como tal, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo C. b) Ficha técnica de la obra: a. Autor. b. Reparto. c. Necesidades técnicas, tiempo de montaje y desmontaje, descripción de la escenografía, atrezzo y vestuario. d. Sinopsis de la obra. e. Duración del espectáculo. f. Dos copias de la obra en formato DVD (VCD, SVCD, DVD), identificando caja y disco con el título, datos personales del participante y dirección postal. g. Dos fotografías de la obra impresas y en formato JPG. 2.- En la modalidad de «Cinematografía» se deberá presentar: a) Currículum del candidato en CD y por escrito. Deberá contener datos personales, formación académica, estudios complementarios, actividades en el campo de las artes audiovisuales y fotográficas, premios, becas y otros datos de interés similares, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo C. b) Ficha artística y técnica del cortometraje. c) Dos fotografías de la película impresas y en formato JPG. d) Dos copias en formato DVD (VCD, SVCD, DVD), identificando caja y disco con el título, datos personales del participante y dirección postal. Quinta.- Seguimiento de la obra. 1. Artes escénicas: a) Las compañías o grupos participantes se deberán comunicar al Servicio de Promoción Cultural e Iniciativas Juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León, las fechas de representación de las obras presentadas que tengan lugar con carácter previo a la selección, con objeto de facilitar la asistencia a las mismas de la Comisión de Valoración. b) Las obras seleccionadas podrán, en su caso, ser representadas en los encuentros de Artes Escénicas, dentro del Campaña «Zamora, Ciudad de las Artes Escénicas», así como en otros eventos desarrollados por el Instituto de la Juventud de Castilla y León. 2. Cinematografía: a) Los realizadores participantes deberán comunicar al Servicio de Promoción Cultural e Iniciativas Juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León, los pases y fechas de exhibición en salas cinematográficas de los cortometrajes presentados que tengan lugar con carácter previo a la selección, con objeto de facilitar la asistencia a las mismas de la Comisión de Valoración. b) Los cortos seleccionados podrán ser exhibidos en los encuentros de Cine, dentro del Campaña «Soria, Ciudad del Cine Animado», así como en los diferentes eventos que organice el Instituto de la Juventud de Castilla y León. Sexta.- Criterios de selección. 1.- En la modalidad de «Artes Escénicas», se tendrán en cuenta los criterios siguientes: a) Dirección. b) Interpretación. c) Línea dramatúrgica, originalidad y adaptación. d) Espacio escénico, escenografía, atrezzo y vestuario. 2.- En la modalidad de «Cinematografía», se tendrán en cuenta los criterios siguientes: a) Originalidad. b) Calidad técnica, narrativa y artística. c) Banda sonora y doblaje. d) Guión cinematográfico. Séptima.- Premios. 1.- En la modalidad de «Artes Escénicas» se concederá un único premio de 5.000 euros. 2.- En la modalidad de «Cinematografía» se concederá un único premio de 5.000 euros. 3.- Las cantidades a abonar se ajustarán, en cuanto a retenciones y descuentos, a lo establecido por la legislación vigente sobre IRPF. ANEXO II ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES Primera.- Objeto. La presente modalidad tiene por objeto la selección, adquisición y premio de obras de artes plásticas y visuales. Los seleccionados podrán ser invitados por el Instituto de la Juventud de Castilla y León a colaborar en el desarrollo de sus actividades, eventos y campañas, facilitándoles la representación y/o exhibición de las obras, hasta que se produzca la resolución de la convocatoria de la Campaña de Arte Joven del siguiente ejercicio. Segunda.- Dotación económica. Los gastos derivados de esta modalidad del programa, tendrán una cuantía de 11.500 euros. Tercera.- Participantes. Podrán participar en esta modalidad, aquellos jóvenes con edades comprendidas entre los 16 y 30 años a 31 de diciembre de 2011. No se podrán presentar más de dos obras en cualquier categoría de las previstas. Cuarta.- Obra. 1.- Se establecen las siguientes categorías: a) Pintura y/o escultura. b) Dibujo, grabado y/ o fotografía. c) Performance y otras tendencias. 2.- Se aceptarán todos los materiales, a excepción de aquellos cuya fragilidad implique posible rotura en el transporte, montaje o desmontaje, no sean permanentes o no sean susceptibles de traslado. 3.- El tema será libre en todas las categorías. 4.- Las dimensiones de las obras no superarán 1,30 m. x 1,30 m. Cuando se considere oportuno enmarcar, se presentarán con un listón de 2 cm., como máximo. 5.- Las obras tendrán un volumen máximo de 0,90 m. x 1,30 m. x 0,90 m. y su peso no excederá de 25 Kg. 6.- No se admitirán obras que hayan sido presentadas en anteriores convocatorias del programa «Arte Joven» y no resultaran seleccionadas. Quinta.- Documentación. Con la solicitud se deberá presentar: 1. Currículum del autor en CD y por escrito que deberá contener los siguientes apartados: datos personales, formación académica, estudios complementarios, exposiciones individuales, exposiciones colectivas, premios y becas y otros datos de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo D. 2. Fotografía de la obra impresa y en CD ROM en formato JPG, e instrucciones de montaje de la misma, haciendo constar al dorso nombre y apellidos del autor, así como el título, medidas, técnica utilizada y posición de la misma. 3. Dossier, memoria explicativa de la obra. En la categoría de performance y otras tendencias, si por su naturaleza la obra no se presentase impresa, ésta se presentará en formato DVD (VCD, SVCD, DVD). Sexta.- Presentación de la obra. 1.- En atención al volumen y características físicas de las obras plásticas, aquellas que superen el tamaño DIN A3 o, por peso o por volumen, tengan características especiales, serán entregadas en las fechas y lugares relacionados en el Anexo B, con embalaje y posibilidad de comprobación. Estarán identificadas de forma correcta y legible, para lo que se indicará en el dorso de la obra: nombre, apellidos, dirección y teléfono de autor, título de la obra, posición, materiales utilizados, técnica y medidas. En el momento de la entrega se adjuntará la copia de la solicitud de participación debidamente registrada. 2.- Las obras seleccionadas podrán ser exhibidas en las acciones del «Campaña Ciudades», así como en los diferentes eventos y exposiciones que organice el Instituto de la Juventud de Castilla y León. 3.- El autor recibirá resguardo de entrega de obra, cuya presentación será preceptiva ante cualquier reclamación por extravío, pérdida o deterioro. Séptima.- Seguimiento de la obra. Los jóvenes participantes deberán comunicar, en su caso, al Servicio de Promoción Cultural e Iniciativas Juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León, las fechas de exposición, pase o exhibición de su obra, siempre que tenga lugar con carácter previo a la selección, con objeto de facilitar la asistencia de la Comisión de Valoración. Octava.- Criterios de selección. La Comisión realizará la selección teniendo en cuenta los siguientes criterios: a) Originalidad. b) Calidad de la obra. c) Posibilidad de itinerancia del material presentado. d) Garantía de conservación. Novena.- Premios. 1.- En cada una de las categorías se concederán los siguientes premios: a) En pintura y/o escultura se concederá se concederá un único premio de 4.500 euros. b) En dibujo, grabado y/ o fotografía se concederá un único premio de 4.500 euros. c) En performance y otras tendencias se concederá un único premio de 2.500 euros. 2.- Las cantidades a abonar se ajustarán, en cuanto a retenciones y descuentos, a lo dispuesto en la legislación vigente sobre IRPF. 3.- Asimismo, con las obras seleccionadas, podrá configurarse una exposición que itinerará en los lugares que determine el Instituto de la Juventud de Castilla y León. ANEXO III LETRAS JÓVENES Primera.- Objeto. La presente modalidad tiene por objeto la selección, adquisición y premio de obras literarias. Segunda.- Dotación económica. Los gastos derivados de la presente modalidad tendrán una cuantía de 4.000 euros. Tercera.- Participantes. 1.- Podrán participar en esta modalidad los jóvenes con edades comprendidas entre 16 y 30 años a 31 de diciembre del año 2011. 2.- No podrán presentarse más de dos obras por autor y categoría. Cuarta.- Obra. Podrán presentarse obras en las siguientes categorías: a) Prosa y/o teatro. b) Poesía. 2.- Deberán presentarse, en CD y por escrito, obras literarias originales e inéditas, en lengua castellana y de una extensión máxima de 30 folios, realizados en formato Word, interlineado de 1,5 líneas y letra arial 11. 3.- El tema será libre, los personajes protagonistas deberán ser originales y las obras serán creaciones propias e inéditas. Sólo podrá presentarse al concurso la obra original. Quinta.- Documentación. Con la solicitud se deberá presentar: - Currículum del autor en CD y por escrito, que deberá contener: datos personales, formación académica, estudios complementarios, exposiciones individuales, exposiciones colectivas, premios y becas y otros datos de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo E. - Dos fotografías tamaño carné y en formato JPG, especificando nombre y apellidos al dorso. Sexta.- Criterios de selección. La Comisión realizará la selección teniendo en cuenta los siguientes criterios: a) Originalidad. b) Calidad. Séptima.- Premios. 1.- En cada categoría se concederán los siguientes premios: a) En prosa y / o teatro se concederá un único premio de 2.000 euros. b) En poesía se concederá un único premio de 2.000 euros. 2.- Las cantidades a abonar se ajustarán en cuanto a retenciones y descuentos, a lo dispuesto en la legislación vigente sobre IRPF. 3.- Las obras seleccionadas podrán ser exhibidas y presentarse en los Encuentros de la Campaña Ciudades, así como en los diferentes eventos, actividades y exposiciones que organice el Instituto de la Juventud de Castilla y León. ANEXO IV MÚSICA JOVEN Primera.- Objeto. La presente modalidad tiene por objeto dar a conocer y difundir la música de los jóvenes en Castilla y León a través de dos categorías: a) Música Clásica: Selección y premio a las mejores interpretaciones de obras musicales de solistas, dúos, tríos, cuartetos y grupos de cámara. b) Música Pop, Rock y Nuevas Tendencias: Selección y premio a los mejores jóvenes creadores de música pop, rock y nuevas tendencias. Segunda.- Dotación económica. Los gastos derivados de esta modalidad tendrán una cuantía de 6.000 euros. Tercera.- Participantes. 1.- Podrán participar en esta modalidad los jóvenes con edades comprendidas entre 16 y 30 años a fecha 31 de diciembre de 2011. 2.- Los participantes que pertenezcan a varias agrupaciones musicales podrán ser seleccionados, como máximo, en dos de éstas. 3.- Cuando los grupos musicales estuvieran formados por cuatro o más miembros, se admitirá que, hasta un 25% de sus componentes, superen los 30 años. Cuarta.- Documentación. Con la solicitud se deberá presentar: a) Currículum en CD y por escrito, de cada uno de los componentes del grupo y del grupo como tal, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo F. b) Grabación en soporte CD y formato MP3, con una duración de 15 minutos, aproximadamente. Se presentarán dos copias, identificando caja y disco con el título, datos personales del participante y dirección postal. c) Dos fotografías impresas y en CD, en formato JPG, del intérprete, el grupo o la agrupación para su inserción en guías, Campañas, portal Web, etc. d) Posibles Campañas de conciertos de, al menos, 50 minutos. Quinta.- Criterios de Selección. 1.- La Comisión realizará la selección teniendo en cuenta los siguientes criterios: a) Base Musical. b) Dominio de la técnica. c) Dificultad de la obra. d) Ritmo. e) Voz/Voces. f) Armonía. g) Originalidad. h) Puesta en escena. 2.- Por las características especiales de la modalidad de música joven, los seleccionados, para optar al premio, podrán ser requeridos para la realización de una actuación en directo, interpretando los temas de su elección. Sexta.- Seguimiento de la obra. Los jóvenes participante deberán comunicar, en su caso, al Servicio de Promoción Cultural e Iniciativas Juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León, las fechas de realización de conciertos de los grupos de los que formen parte, siempre que tengan lugar con carácter previo a la selección, con objeto de facilitar la asistencia de la Comisión de Selección. Séptima.- Premios. 1.- En cada categoría se concederán los siguientes premios: a) Música clásica: 1. Solistas, dúos y/o tríos se concederá un único premio de 2.000 euros. 2. Cuartetos y/o Grupos de cámara se concederá un único premio de 2.000 euros. b) Música Pop Rock y/o Nuevas Tendencias un único premio de 2.000 euros. 2.- Las cantidades a abonar se ajustarán en cuanto a retenciones y descuentos, a lo dispuesto en la legislación vigente sobre IRPF. 3.- Los artistas seleccionados podrán ser invitados por el Instituto de la Juventud de Castilla y León a participar en las acciones del «Campaña Ciudades», así como en las diferentes actividades que organice.
Los premiados han sido: Pintura y/o escultura: Jairo Requena Fernández (Salamanca, 1982). Dibujo, grabado y/o fotografía: Belén Rodríguez González (Valladolid, 1981 - reside en Viena). Performance y otras tendencias: Hugo Alonso Ruiz (Soria, 1981 - reside en Salamanca).
Exposición. 17 dic de 2024 - 16 mar de 2025 / Museo Picasso Málaga / Málaga, España
Formación. 01 oct de 2024 - 04 abr de 2025 / PHotoEspaña / Madrid, España