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Exposición Joven 2014



Cuándo:
02 dic de 2013 - 15 ene de 2014

Dónde:
Málaga, España

Inscripción:
Cerrada desde 15-01-2014

Organizada por:
La Caja Blanca - Centro de Arte y Creación Joven

       


Descripción del Premio

Podrán presentarse artistas con edades comprendidas entre 15 y 35 años, ambas inclusive, permitiéndose que 1/3 de los participantes no cumplan la edad estipulada; y que hayan nacido, residan, estudien o trabajen en la provincia de Málaga.

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CONVOCATORIA PUBLICA DE AYUDAS A LA REALIZACIÓN DE EXPOSICIONES ' EXPOSICIÓN JOVEN 2014'

 

El Área de Juventud del Ayuntamiento de Málaga con el objetivo de fomentar la realización de exposiciones de artes visuales (pintura, escultura, fotografía, instalación, dibujo...), videocreación, animación, comic, ilustración, moda, entre otras; pone en marcha la convocatoria pública para el Programa de Ayudas a la realización de exposiciones 'Exposición Joven 2014'

 

El programa de Ayuda a la Producción 'Exposición Joven', oferta las siguientes oportunidades:

- Realizar una exposición en la Sala de Exposiciones de La Caja Blanca

- Hacer uso del material disponible para la exposición

- Disponer del montaje y desmontaje de la exposición

- Disponer de un tríptico de la exposición

- Inauguración de la exposición con presencia de medios de comunicación

- Elaboración de material para los medios de comunicación.

- Difusión de la exposición a través de los canales que dispone el Área de Juventud, sala virtual de exposiciones de la página web, puntos de información, boletines de información, redes sociales, página web.

 

1. REQUISITOS EXIGIDOS A LOS SOLICITANTES.

 

1. Podrán presentarse artistas con edades comprendidas entre 15 y 35 años, ambas inclusive, permitiéndose que 1/3 de los participantes no cumplan la edad estipulada; y que hayan nacido, residan, estudien o trabajen en la provincia de Málaga.

 

2. Los participantes menores de edad deberán presentar autorización y fotocopia del DNI del padre, madre o tutor en el que manifieste su conformidad de la participación del menor en dicha convocatoria.

 

3. Se puede participar de forma individual o colectiva.

 

4. Los solicitantes deberán presentar un proyecto o anteproyecto técnico de la exposición a realizar, que deberá incluir la utilización pretendida de los bienes de dominio público objeto de cesión, justificando su conveniencia, oportunidad o necesidad.

 

2. CONTENIDO DE LAS AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE EXPOSICIONES.

 

1.- La cesión gratuita por tiempo limitado de la Sala de Exposiciones de La Caja Blanca y del material (detallado en Anexo I) para la realización de un proyecto expositivo durante el año 2014. Los días y horarios para el uso de los materiales e instalaciones serán los establecidos por el Área de Juventud y recogidos en su plan de reserva de espacios y materiales

 

2.- El Área de Juventud se encargará de llevar a cabo el montaje y desmontaje de la exposición, con personal cualificado para ello.

 

3.- Promoción y difusión de los proyectos seleccionados a través de los medios de comunicación de los que dispone el Área de Juventud del Ayuntamiento de Málaga.

 

3. PROCESO DE SELECCIÓN DE PROYECTOS

 

1. Un Comité Técnico de Valoración, integrado por los responsables técnicos de los programas y negociados del Área de Juventud, nombrado al efecto y presidido por el Concejal-Delegado del Área de Juventud de este Ayuntamiento, será el Órgano encargado de la selección de los proyectos presentados. Sus valoraciones deberán atender, entre otros, a criterios de creatividad, innovación, originalidad, calidad artística y técnica. Sus fallos serán públicos e inapelables, pudiendo declarar desiertas las ayudas convocadas, si los proyectos no se ajustan a los objetivos de la convocatoria.

 

2. Se seleccionarán un máximo de seis proyectos de los presentados a esta convocatoria; recibiendo las ayudas, y quedando en reserva, según el orden establecido por el Comité Técnico, el resto de proyectos presentados, que sustituirán a los beneficiarios de la ayuda en caso de que alguno de éstos justifiquen a la organización de la imposibilidad de realizar su obra. Existiendo la posibilidad de incrementar el número de proyectos seleccionados, cuando las instalaciones y el material lo permitan.

 

3. Terminado el plazo de presentación, se hará publica a través de la página http.//juventud.malaga.eu el listado de los proyectos presentados, otorgando un plazo de diez días hábiles para reclamaciones.

 

4. Una vez seleccionados los proyectos y determinados los materiales e instalaciones necesarias para la realización del mismo (especificados en Anexo I), se procederá a otorgar la autorización por la Junta de Gobierno Local para la cesión de los mismos con carácter gratuito y por un período máximo de un mes, prorrogables por el tiempo que indique la organización, por causa justificada y por acuerdo entre la organización y los beneficiarios.

 

4. ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN

 

1.- El procedimiento de autorización para la utilización de los bienes de dominio público que se relaciona en Anexo I, está supeditado a la primera fase de valoración de proyectos que realizará el Comité de Valoración tal y como se describe en el apartado 3 de las presentes Bases. Una vez seleccionado el proyecto por el Comité de Valoración, y determinados los bienes necesarios para la realización del proyecto de entre los relacionados en el Anexo I, se iniciará el trámite de autorización o licencia para su utilización por un período máximo de un mes, prorrogables por el tiempo que indique la organización, por causa justificada y previo acuerdo entre la organización y los beneficiarios, de los mismos con carácter gratuito, durante el año 2014.

 

2.- La autorización o licencia será aprobada por la Junta de Gobierno Local, u órgano municipal en quien delegue, sobre la base del proyecto aprobado por el Comité de Valoración, especificará el objeto y límite de la licencia otorgada para la utilización de los 3 /12 bienes, con un plazo máximo de un mes, prorrogables por el tiempo que indique la organización, por causa justificada y previo acuerdo entre la organización y los beneficiarios, que estará exento de tasa o precio público por razones de Interés social, durante el año 2014. Contendrá, la obligación del beneficiario/os de mantener en buen estado la parte del dominio público utilizado, la reversión de las instalaciones al término del plazo, así como la facultad del Ayuntamiento de Málaga de dejar sin efecto la autorización o licencia, la obligación del beneficiario de abandonar y dejar libres y expeditos, a disposición del Ayuntamiento, dentro del plazo señalado para ello los bienes objeto de la autorización para el uso, con reconocimiento de la potestad del Ayuntamiento para acordar y ejecutar por si el alzamiento; las penalizaciones por el incumplimiento de las obligaciones del beneficiario, además de la facultad del Ayuntamiento de inspecciones en todo momento los bienes objeto de la autorización, así como las instalaciones de las mismas.

 

3. La disposición final de los bienes muebles de dominio público, objeto de utilización, estará bajo el control y supervisión técnica del Área de Juventud del Ayuntamiento de Málaga, con el fin de velar por el buen uso y funcionamiento de las instalaciones y materiales cedidos.

 

4. Una vez comunicado a los interesados la aprobación del proyecto y la autorización de la utilización temporal de bienes, el Negociado de Promoción Cultural del Área de Juventud llevará a cabo el seguimiento del Plan de reserva para uso de los mismos y empezará a contar el plazo previsto para la cesión. Igualmente, será este Departamento el interlocutor municipal para el seguimiento y control de la realización de los proyectos.

 

5. El calendario de uso la Sala de Exposiciones de La Caja Blanca, así como del material (detallado en Anexo I) será inamovible. Dicho calendario será establecido por el Área de Juventud, salvo causas debidamente justificadas y avisando de los cambios con 48 horas de antelación al Área de Juventud.

 

6. El Área de Juventud establecerá los medios necesarios para que los interesados seleccionados justifiquen el uso de los materiales e instalaciones.

 

7. Se entenderá desestimadas por silencio administrativo las solicitudes que no hayan sido aprobadas por el Comité de Valoración de proyectos.

 

8. Finalizada la exposición en La Caja Blanca, los participantes en el proyecto deberán retirar las obras expuestas, en el plazo que indique el Área de Juventud.

 

9. La documentación y material presentado podrá ser retirado de La Caja Blanca por todos aquellos participantes que así lo soliciten, en un plazo máximo de tres meses una vez hecho público la decisión del jurado. Transcurrido el plazo señalado, perderá los derechos sobre los mismos y las obras presentadas pasarán a formar parte del Patrimonio Artístico Municipal.

 

10. La participación en esta convocatoria supone la aceptación plena de las presentes bases. Cualquier duda sobre la interpretación de las mismas será resuelta libremente por el Área de Juventud del Ayuntamiento de Málaga.

 

11. La información y documentación relacionada con Ayudas a la Producción de Exposiciones 'Exposción Joven 2014' se puede consultar en la página http.//juventud.malaga.eu

 

5. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS DE AYUDAS.

 

Los beneficiarios de las ayudas quedan comprometidos a:

 

1.- Realizar la producción en un plazo no superior a un mes, prorrogables por el tiempo que indique la organización por causa justificada y previo acuerdo entre la organización y los beneficiarios, una vez comunicado la aprobación del proyecto.

 

2.- Hacer un uso responsable de las instalaciones municipales utilizadas, así como devolver los materiales y equipos empleados en otros espacios en las mismas condiciones en que fueron entregados, respondiendo de los daños causados en los mismos, el permiso de cesión por el órgano municipal competente tal y como se expone en Anexo II.

 

3.- Informar, cuando se les requiera desde el Área de Juventud, del desarrollo y progreso del proyecto.

 

4.- Comunicar a la Organización de la imposibilidad de llevar a cabo el proyecto siempre por causa justifica, pues de lo contrario serán sancionadas no pudiendo participar en futuras ediciones de este Programa.

 

5.- Incluir en cartelería, tríptico, catálogos u otros y en cualquiera de los medios de promoción que utilicen, el logotipo del Área de Juventud indicando que la realización del mismo ha sido posible gracias a la ayuda del mismo, bajo el siguiente literal: 'Exposición realizada a través de la Convocatoria Exposición Joven 2014 del Área de Juventud del Ayuntamiento de Málaga' y el logotipo de La Caja Blanca.

 

6.- Inaugurar la exposición en la Sala de Exposiciones de La Caja Blanca, en el día y hora designado por el Área de Juventud.

 

7.- Los responsables de los proyectos seleccionados deberán presentar en el Negociado de Promoción Cultural del Área de Juventud del Ayuntamiento de Málaga, ejemplares de la publicidad realizada diez días antes de la inauguración para la difusión y promoción de su obra.

 

8.- Los participantes autorizan expresamente y sin contraprestación económica al Excmo. Ayuntamiento de Málaga, a la reproducción, publicación, edición, distribución, audición, exhibición y proyección de su obra. Actividades referidas siempre a la promoción cultural y artística que pretende esta convocatoria; todo ello en los términos recogidos en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril (BOE 13/04/1996) por el que se aprueba el Texto refundido de la ley de Propiedad Intelectual y la ley 23/2006 de 7 (BOE 8/7/2006) de julio que lo modifica.

 

9.- El incumplimiento de alguno de los compromisos recogidos en las bases de esta convocatoria, podrá ser motivo de sanción, por parte del Área de Juventud.

 

6. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS SOLICITANTES.

 

1.- Boletín de solicitud debidamente cumplimentado.

 

2.- Según la situación en la que se encuentre el interesado:

 

Fotocopia del DNI de cada participante. Si en el DNI no figura como lugar de nacimiento Málaga o provincia deberá aportar, según el caso, uno de los siguientes documentos:

- Certificado de empadronamiento o residencia.

- Fotocopia de la matrícula, certificado o resguardo de la misma del curso 2013-2014.

- Fotocopia del certificado de empresa o contrato de trabajo.

 

3.- Una copia del proyecto, en formato digital (pdf) en un cd, dvd o pendrive

 

4.- Dossier que deberá incluir:

 

- Currículum artístico de cada persona a exponer (pdf)

 

- Ficha técnica de la exposición (pdf):

- Presentación del proyecto

- Comentario de las obras a exponer y de la exposición en general

- Obras a exponer:

--- Relación de obras (pdf)

--- Medidas de las obras a exponer (en cm)

--- Fotografía de cada una de las obras a exponer (incluidas en el dossier)

 

- Ficha de Montaje de la exposición:

- Diseño del montaje de la exposición (pdf)

- Necesidades materiales para el montaje

- Cartelas (pdf o word 2003)

--- Autor

--- Titulo

--- Técnica utilizada

--- Año de realización

 

- Fotografías / audiovisual

- Fotografía de cada una de las obras a exponer (jpg)

- Copia videográfica, en su caso

 

5.- Documento que acredite los pertinentes derechos de propiedad intelectual en su caso, el de opción sobre las obras preexistentes.

 

6.- Autorización del autor o representante legal de la Entidad de Gestión que corresponda para la exposición de las obras.

 

Para la comprobación de estos requisitos, si así lo requiere la organización, será necesaria la presentación de los originales de la documentación solicitada.

 

7.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

 

1- El plazo de inscripción de esta convocatoria es del 2 de diciembre de 2013 hasta el 15 de enero de 2014

 

2- Tras el plazo de inscripción indicado en el punto anterior, la convocatoria permanecerá abierta hasta el 28 de noviembre de 2014, pudiéndose presentar proyectos con posterioridad al 15 de enero de 2014 y hasta el 28 de noviembre de 2014, siempre y cuando exista disponibilidad de espacios y medios; y, todo ello, siempre previa aprobación del Comité Técnico de selección.

 

3- Se podrá presentar la solicitud de participación, documentación y material solicitado en el Negociado de Promoción Cultural del Área de Juventud del Ayuntamiento de Málaga, situado en:

 

La Caja Blanca

Avda. Editor Ángel Caffarena nº 8

29010 Málaga.

_ 952.28.68.14

Horario: Lunes a Viernes, de 9:00 a 14:00 horas

 

O por cualquiera de los medios que establece la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27/11/1992.).

 

8.- RÉGIMEN SANCIONADOR

 

Régimen sancionador en caso de mal uso de los bienes de dominio público que se ceden (anexo I).

 

Infracciones

 

Se tipifican las siguientes infracciones:

 

A) Infracciones leves:

 

- Hacer un incorrecto uso de los bienes de dominio público, instalaciones y materiales, motivo de cesión.

 

B) Infracciones graves:

 

- Causar daños sin intencionalidad de los bienes de dominio público, instalaciones y materiales, motivo de cesión.

 

- La reiteración o la reincidencia en las faltas leves C) Infracciones muy graves:

 

- Causar daños intencionada o imprudentemente. de los bienes de dominio público, instalaciones y materiales, motivo de cesión.

 

- La reiteración o la reincidencia en las faltas graves.

 

Sanciones

 

Las sanciones se graduarán teniendo en cuenta la existencia de intencionalidad o reiteración, la naturaleza de los perjuicios causados, la reincidencia, la comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme, y/o cualquier otra causa que pueda estimarse.

 

- Las faltas leves se sancionarán con la suspensión de la condición de usuario de los bienes de dominio público motivo de cesión de un mes.

 

- Las faltas graves se sancionarán suspensión de la condición de usuario de los bienes de dominio público motivo de cesión de tres meses.

 

- Las faltas muy graves se sancionarán suspensión de la condición de usuario de los bienes de dominio público motivo de cesión del programa, pudiendo además dejarse sin efecto la participación en dicho programa, perdiendo la condición de beneficiario en el mismo.

 

El procedimiento para sancionar las infracciones será el establecido en el Real Decreto 1.398/1993, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

 


Entrada actualizada el el 26 may de 2016

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